Este miércoles, Cristian Vilca fue condenado a 9 años de cárcel por ser considerado el autor de matar a un hombre en el año 2021 en la localidad de San Pedro de Jujuy.
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SUSCRIBITEEste miércoles, Cristian Vilca fue condenado a 9 años de cárcel por ser considerado el autor de matar a un hombre en el año 2021 en la localidad de San Pedro de Jujuy.
El victimario reconoció haber sido autor del hecho y la carátula del delito fue “Homicidio simple”.
El Tribunal también condenó a 1 año de prisión de ejecución en suspenso a Abdón Odilón Balconte, por ser autor material y responsable del delito de “Encubrimiento por favorecimiento real agravado en el delito de homicidio simple”.
el violento episodio ocurrió entre el viernes 30 de Julio de 2021 y las 18:50 horas del día siguiente, sábado 31 de Julio de 2021, cuando Cristian Vilca se encontraba compartiendo bebidas alcohólicas con Hugo Juárez (víctima), en el puesto rural denominado “El Rancho de Polo Juárez”, ubicado a la vera de la Ruta Provincial 56, altura del Paraje La Urbana.
Fue entonces que después de discutir con la víctima, procedió a golpearlo reiteradamente con un hierro en el rostro y en la cabeza provocándole así la muerte.
Posteriormente le sustrajo un puñal de 44 cm y un par de botines color negro, con el fin de simular un robo, dándose a la fuga del lugar con los elementos antes descritos. Luego dejó los elementos sustraídos en un Puesto de propiedad del imputado Abdón Balconte, sito en el sector denominado Falda Las Lomas, donde residen Vilca y Balconte.
El acusado Balconte se encargó de ocultar dichos bienes que resultaron ser de propiedad de la víctima Hugo Juárez.
Como Fiscal ante el Tribunal se desempeñó el Dr. Agustín Jarma, quien solicitó la pena de 10 años de prisión para Vilca y 1 año de prisión para Balconte. El abogado querellante, Joaquín Campos, adhirió a lo solicitado por el fiscal.
Por su parte, la defensa técnica del enjuiciado, Cristian Vilca, estuvo a cargo de la Defensora Pública Penal, Florencia Quintar, del Ministerio Público de la Defensa Penal, quien requirió se aplique al acusado la pena mínima para el delito de homicidio simple.
Mientras que Julio Héctor Luna, abogado defensor de Abdón Balconte, adhirió a lo solicitado por el fiscal.
El juicio se resolvió en una única audiencia oral en la que se aplicó el procedimiento especial establecido en el Artículo 492 del Código Procesal Penal de la provincia, mediante el cual se omite la recepción de la prueba debido a que el acusado confesó su culpabilidad y se logró arribar a un acuerdo entre el Tribunal, el Fiscal y el Abogado Defensor.
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