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29 de diciembre de 2023 - 07:07
Política.

El DNU de Javier Milei entró en vigencia este viernes

Tras su presentación y publicación, los 366 artículos del DNU anunciado por el presidente, Javier Milei, empiezan a regir luego del octavo día de su publicación.

Victoria Marín
Por  Victoria Marín

El pasado jueves se hizo publicó en el Boletín Oficial el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) anunciado por el presidente Javier Milei, el cual contiene 366 artículos y a partir de hoy 29 de diciembre, comienza a estar vigente en la República Argentina.

Luego de 8 días, entra en vigencia el DNU

En su mensaje grabado de 15 minutos y 20 segundos, Milei había anticipado una serie de medidas destinadas a estabilizar la economía, incluyendo un programa de ajuste fiscal, una política cambiaria que ajusta el tipo de cambio al valor de mercado y una política monetaria que incluye el saneamiento del Banco Central.

Según había explicado el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez como el DNU no aclara qué día entra en vigencia, se aplica el artículo del Código Civil y Comercial (CCC) en el que se lee que "las leyes rigen después del octavo día de su publicación oficial, o desde el día que ellas determinen”.

En ese marco, como las medidas anunciadas con tienen fecha en su documento, todo su contenido se ponen en vigencia desde el este viernes 29 de diciembre.

Cadena Nacional de Javier Milei.jpg

El DNU 70/2023, titulado "Bases para la Reconstrucción de la Economía Argentina", ha generado controversia desde su anuncio y ya ha enfrentado amparos en la Justicia, aunque aún no ha sido detenido. Según el Procurador del Tesoro, Rodolfo Barra, los artículos del decreto comenzarán a regir a la medianoche de este sábado, mientras la comisión bicameral del Congreso aún está en plazo para analizar las medidas que ya entran en vigencia.

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Puntos claves en el DNU de Javier Milei

Detalles de los artículos del DNU Algunas de las leyes derogadas

El título 2 del DNU comenzó con una serie de derogaciones para “desregular la economía”. Se derogó: la Ley de Promoción Comercial; la Ley de Góndolas; la Ley de Abastecimiento; la ley mediante la cual se creó el Observatorio de Precios y Disponibilidad de Insumos, Bienes y Servicios; la Ley de Locación de Inmuebles; y la ley que declara de interés público la fabricación, comercialización y distribución de pasta celulosa y de papel para diarios.

Ley de Sociedad de Economía Mixta

En el apartado de “Reforma del Estado” se derogó la ley de Sociedad de Economía Mixta; la que fija el régimen legal de funcionamiento de empresas del Estado; la Ley de Sociedades del Estado y la que establece las bases para la fijación de haberes a los jubilados y pensionados.

Aerolíneas Argentinas

El decreto también menciona a Aerolíneas Argentinas. El capítulo II del DNU menciona que buscará sustituir el artículo 4° de la Ley N° 26.412. Ese artículo reza que el Estado autoriza “la cesión a los empleados de Aerolíneas Argentinas S.A. y Austral Líneas Aéreas - Cielos del Sur S.A. por hasta un máximo del DIEZ POR CIENTO (10%) del paquete accionario de las respectivas empresas, de conformidad con el Programa de Propiedad Participada”.

Leyes laborales

El título 4 del DNU incluyó las derogaciones y modificaciones de leyes laborales como la que duplica las indemnizaciones en caso de una relación laboral no registrada o efectuada de manera deficiente.

La norma del Poder Ejecutivo también afirma que “se modifican las Leyes Nros. 14.250, 14.546, 20.744 (t.o. 1976), 23.551, 24.013, 25.345, 25.877, 26.727, 26.844 y 27.555 y se deroga la Ley N° 25.323, a los efectos de mejorar y simplificar los procesos de registración, darle seguridad jurídica a la relación laboral, aumentar el período de prueba, redefinir la procedencia de los descuentos salariales convencionales, autorizar a las convenciones colectivas a explorar mecanismos de indemnización alternativos a cargo del empleador, tal como se ha implementado en algunas actividades, revisar los criterios de ultractividad y evitar los bloqueos de actividades productivas".

Tal como se había anunciado, se modificó la extensión del período de prueba para los trabajadores que era de tres meses. “El contrato de trabajo por tiempo indeterminado (...) se entenderá celebrado a prueba durante los primeros 8 meses de vigencia. Cualquiera de las partes podrá extinguir la relación durante ese lapso sin expresión de causa, sin derecho a indemnización con motivo de la extinción, pero con obligación de preavisar”, dice el artículo 71 del DNU.

En otro punto, el Gobierno restringe el derecho a huelga en una serie de actividades que son consideradas “servicios esenciales”, que “en ningún caso podrán negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75% de la prestación normal del servicio de que se tratare”. “En el caso de las actividades o servicios de importancia trascendental, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 50%”, agrega el DNU.

Comercio exterior

En lo que respecta al comercio exterior se limitaron los controles que puede ejercer la Aduana. Se decretó que “el Poder Ejecutivo Nacional no podrá establecer prohibiciones ni restricciones a las exportaciones o importaciones por motivos económicos. Solo se podrán realizar por Ley”.

Ley de tierras

El Decreto de Necesidad y Urgencia incluyó la derogación de la Ley 26.737 de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales, también llamada Ley de Tierras, una normativa que limita la posibilidad de vender a extranjeros tierras que tienen fuentes de agua importantes o que están en zonas de seguridad de fronteras.

La legislación anterior limitaba que sólo el 15% de las tierras rurales totales de la Argentina pueden estar en manos de extranjeros. Con la derogación, ya no hay límite y las negociaciones quedan libradas a la voluntad de compradores y vendedores. Además se derogaron leyes que regulan la actividad minera, la vitivinícola, al algodón y la legislación de promoción industrial.

Materia energética

Se derogó el decreto que establecía los plazos máximos de duración para los contratos de abastecimiento exclusivo de combustibles que se celebran entre compañías petroleras y/o proveedoras de combustibles, y quienes explotan estaciones de servicio. El mismo decreto fijaba el porcentaje de participación de las compañías petroleras y/o proveedoras de combustibles como propietarias y/u operadoras del total de la red de estaciones de servicio que comercializan las marcas que sean de su propiedad.

La derogación de la Ley de Alquileres

El último tramo del DNU contempla la derogación de la Ley de Alquileres, tema que fue promesa de campaña del líder libertario. Los acuerdos habitacionales a largo plazo volverían a regirse por el Código Civil y Comercial de 2015. Esto significa que tendrían una duración de dos años, con actualizaciones semestrales previamente pactadas entre el inquilino y el propietario (aunque también, las cuales quedarían establecidas en el contrato).

Los alquileres podrán establecerse en moneda de curso legal o en moneda extranjera, al libre arbitrio de las partes. El locatario no podrá exigir que se le acepte el pago en una moneda diferente a la establecida en el contrato.

Salud privada

El Gobierno también avanzó con cambios en la salud privada: los aportes de los afiliados a las prepagas ya no tendrán que pasar por las obras sociales sindicales.

En efecto cada afiliado podrá decidir a que empresa van la totalidad de sus aportes, sin pasar por una obra social. Hasta el momento, los usuarios de las prepagas derivaban sus aportes a una obra social sindical, que se quedaba con un porcentaje antes de girar los fondos a la prepaga. Esa intermediación no existirá más.

La nueva norma establece la receta electrónica para agilizar el servicio y minimizar costos; y modifica el régimen de empresas farmacéuticas para fomentar la competencia y reducir costos. Asimismo, el texto sostiene que para aumentar la competitividad del sistema, se deben liberar las restricciones de precios al sistema de medicina prepaga.

Instituciones deportivas a sociedades anónimas

Dentro de la “necesidad y urgencia”, el Gobierno aprovechó para incluir la modificación de la Ley de Sociedades que les permite a las instituciones deportivas convertirse en sociedades anónimas.

Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual

Uno de los puntos más relevantes es que elimina todo límite a la multiplicidad de licencias en el orden nacional. Hasta acá, se autorizaba sólo una licencia de servicios de comunicación audiovisual sobre soporte satelital y hasta 10 de señal de contenidos de radio, tv abierta y de radiodifusión televisiva. Se permitía igualmente un máximo de 24 licencias cuando se trataba de permisos para la explotación de servicios de radiodifusión por suscripción con vínculo físico en diferentes localizaciones.

Ahora, ninguna de esas limitaciones seguirá existiendo, por lo que un único licenciatario podrá tener acceso a múltiples señales, sin un máximo predeterminado.

Sí se deberán seguir respetando los límites en el orden local. La legislación establece una licencia de radiodifusión sonora por modulación de amplitud (AM); una licencia de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia (FM)

Desregulación de los servicios de internet satelital

Anoche Milei anunció la desregulación de los servicios de internet satelital. “Para permitir el ingreso de empresa como Starlink”, agregó. Starlink es la empresa global de servicios de internet por satélite que fundó en 2015 Elon Musk, como parte de su compañía espacial SpaceX.

En tal sentido el decreto de Milei incluye en su Capítulo II modificaciones a la ley Argentina Digital (Ley N° 27.078) indica que “la provisión de facilidades de los sistemas satelitales de comunicaciones será libre”.

Registros del automotor

Las últimas páginas del decreto están dedicadas a la actividad de los registros del automotor. El artículo 352 señala que “a todo automotor se le asignará al inscribirse en el registro por primera vez un documento individualizante en formato físico o digital que será expedido por el registro respectivo y se denominará ‘Título del Automotor’.

Luego, y ya mencionando la digitalización del trámite, que “dichas inscripciones o anotaciones también podrán realizarse directamente ante la Dirección Nacional, que deberá establecer a tal efecto un servicio de inscripción remoto, abierto, accesible y estandarizado, bajo jurisdicción nacional, que permita las inscripciones o anotaciones ordenadas por los titulares o por intermediarios autorizados de manera fehaciente por ellos”.

EL DNU COMPELTO CON LOS 366 ARTÍCULOS

Los 366 artículos, haciendo click en este link.

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