La disposición de necesidad y urgencia (DNU) firmada por el presidente Javier Milei establece un marco normativo renovado para las entidades de medicina prepaga y obras sociales, destacándose la eliminación de las restricciones en los costos de las cuotas de los servicios de atención médica privada.
Según el Decreto de Necesidad y Urgencia número 70, difundido en el Boletín Oficial, el Ejecutivo ya no tendrá la facultad de establecer los aranceles mínimos obligatorios ni de supervisar los modelos de contratos. Asimismo, se elimina la obligación de las entidades de medicina prepaga de "transferir en caso de quiebra, cierre o cesación de actividades" a sus afiliados a otros proveedores.
Asimismo, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia se introduce una alteración en la legislación de las Obras Sociales, estipulando que, ya sean de carácter sindical, estatal, de administración mixta, del personal civil o militar, “funcionarán como entidades de derecho público no estatal, con individualidad jurídica, financiera y administrativa”.
DNU: qué va a pasar con las cuotas de las prepagas
Entre las 300 acciones implementadas por el Gobierno, se incluyen las modificaciones al entorno normativo de la medicina prepaga. A continuación, los puntos esenciales:
Sumate al Canal de WhatsApp de TodoJujuy.com
Recibí las noticias en tu celular sumándote al Canal de WhatsApp de TodoJujuy.com. Ingresá al siguiente enlace: https://whatsapp.com/channel/0029VaQ05Jk6BIErMlCL0v0j
Si querés, podés activar las notificaciones.
Además, podés comunicarte con nosotros a través del WhatsApp de las Noticias al 3885007777.
Copyright © Todo Jujuy Por favor no corte ni pegue en la web nuestras notas, tiene la posibilidad de redistribuirlas usando nuestras herramientas. Derechos de autor reservados.