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21 de diciembre de 2023 - 13:34
Política.

Qué dijo Javier Milei sobre las prepagas y obras sociales

Se plantean modificaciones en la medicina privada. En el DNU resalta la liberación de precios en cuotas y una alteración en la legislación de Obras Sociales.

Redacción de TodoJujuy.com
Por  Redacción de TodoJujuy.com

La disposición de necesidad y urgencia (DNU) firmada por el presidente Javier Milei establece un marco normativo renovado para las entidades de medicina prepaga y obras sociales, destacándose la eliminación de las restricciones en los costos de las cuotas de los servicios de atención médica privada.

Según el Decreto de Necesidad y Urgencia número 70, difundido en el Boletín Oficial, el Ejecutivo ya no tendrá la facultad de establecer los aranceles mínimos obligatorios ni de supervisar los modelos de contratos. Asimismo, se elimina la obligación de las entidades de medicina prepaga de "transferir en caso de quiebra, cierre o cesación de actividades" a sus afiliados a otros proveedores.

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Asimismo, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia se introduce una alteración en la legislación de las Obras Sociales, estipulando que, ya sean de carácter sindical, estatal, de administración mixta, del personal civil o militar, “funcionarán como entidades de derecho público no estatal, con individualidad jurídica, financiera y administrativa”.

DNU: qué va a pasar con las cuotas de las prepagas

Entre las 300 acciones implementadas por el Gobierno, se incluyen las modificaciones al entorno normativo de la medicina prepaga. A continuación, los puntos esenciales:

  • Las tarifas de las entidades de medicina prepaga tendrán la posibilidad de incrementarse según el porcentaje determinado por cada institución.
  • La entidad reguladora ya no tendrá la facultad de establecer los aranceles mínimos obligatorios ni supervisar los modelos de contrato.
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  • Asimismo, las prepagas podrán implementar tarifas diferenciadas en las cuotas dentro de un mismo plan, basadas en la edad del afiliado, con una variación máxima de tres veces entre el costo de la primera y la última.
  • Las compañías de atención médica privada no estarán obligadas a realizar la transferencia de afiliados de una entidad a otra en situaciones de quiebra. Las prepagas se incluirán en el sistema de obras sociales.
  • Los aportes de los usuarios serán canalizados directamente hacia la entidad de medicina privada.
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DNU: los cinco cambios en Salud

  • Alteración en las normativas que rigen la medicina prepaga y las obras sociales.
  • Supresión de las limitaciones de precios para la industria de atención médica prepaga.
  • Integración de las entidades de medicina prepaga al sistema de obras sociales.
  • Implementación de la receta electrónica para mejorar la eficiencia del servicio y reducir los gastos.
  • Cambios en el marco normativo de las empresas farmacéuticas con el objetivo de promover la competencia y disminuir los costos.

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