El miércoles que viene, el Senado reanudará las discusiones en las comisiones responsables de emitir dictámenes sobre los proyectos de ley Bases y de Medidas Fiscales, según lo acordaron los senadores libertarios Bartolomé Abdala y Ezequiel Atauche. Se ha determinado que ambas propuestas serán modificadas.
Estas modificaciones obligarán a que los proyectos sean enviados de nuevo a la Cámara de Diputados, convirtiéndola en la Cámara Revisora en una segunda etapa.
El Régimen de incentivos para grandes inversiones (RIGI), las privatizaciones, los cambios en el impuesto a las ganancias o el Blanqueo de capitales son algunos de los capítulos que serán modificados.
En otras palabras, deberán evaluar todas las enmiendas que están siendo consideradas y decidir si las aprueban o insisten en su versión original. No se reabrirá el debate, solo se resolverán las modificaciones propuestas por el Senado. Esto se llevará a cabo después de la reunión de las comisiones de Legislación General, Presupuesto y Asuntos Constitucionales, así como la de Labor Parlamentaria, que en la Cámara de Diputados está encabezada por Martín Menem.
La palabra de Dolores Martínez sobre la Ley Bases y el paquete fiscal
“El expediente al volver a Diputados como un proyecto de ley en revisión, se gira a las comisiones correspondientes, que pueden dictaminar para aceptar las modificaciones, o bien insistir en su sanción original, pero no introducir nuevas adiciones o correcciones”, afirmó a colegas de TN la prosecretaria parlamentaria del Senado, Dolores Martínez.
La exlegisladora Martínez, en un informe relacionado con la Creación de las Leyes, subrayó que “el Reglamento de la Cámara de Diputados no define si es posible aceptar o insistir parcialmente un proyecto devuelto por la Cámara revisora (a diferencia de la Cámara del Senado que si lo hace en su artículo 177), y el artículo 81 de la Constitución no es taxativo sobre este tema en particular. Por ello se cita un Acta de interpretación del año 1995″.
El acta de la sesión parlamentaria de 1995.
El Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones (RIGI), las privatizaciones, las modificaciones en el impuesto sobre la renta y la regularización de capitales son algunos de los temas que serán revisados. El debate gira en torno a qué tipo de mayoría utilizará el Senado para alterar lo aprobado por la Cámara de Diputados: si será una mayoría simple o una mayoría calificada de dos tercios. Dependiendo de los resultados, cada grupo político comenzará a interpretar la aprobación de las leyes.
¿Qué puede pasar con los proyectos al regresar a la Cámara Baja?
Algunos miembros del Senado afirman que no existe “claridad en la Constitución y nos vamos a tener que regir por el antecedente de una resolución de las Cámaras del año 1995″. El Acta fue firmada por los entonces titulares del Senado y de Diputados, Carlos Ruckauf y Alberto Pierri, respectivamente.
Esa decisión de los años 90, del 26 de octubre de 1995, clarificó a través de un Acta el artículo 81 de la Constitución Nacional. Señala que “cuando un proyecto de ley vuelve a la Cámara de origen con adiciones o correcciones introducidas por la Cámara Revisora, podrá aquella aprobar o desechar la totalidad de dichas adiciones o correcciones, o aprobar algunas y desechar otras, no pudiendo en ningún caso introducir otras modificaciones que las realizadas por la Cámara Revisora”.
En un segundo apartado, explica que “las comunicaciones de las sanciones de la revisora cuando el proyecto de ley vuelve a la de origen, deberán indicar el resultado de la votación que correspondió en particular a cada artículo, a fin de establecer si las adiciones o correcciones fueron realizadas por mayoría absoluta de los presentes o por las dos terceras partes de los presentes”.
Dolores Martínez, prosecretaria parlamentaria del Senado: "El expediente, al volver a Diputados como un proyecto de ley en revisión, no puede introducir nuevas adiciones o correcciones".
El exvicepresidente Carlos Ruckauf, en una entrevista con colegas de TN, indicó: “Por supuesto, ratifico lo expresado en la resolución de 1995, la misma se ajusta estrictamente tanto a la Constitución Nacional como a la necesidad de un trámite transparente y expeditivo en la sanción de las Leyes. Estoy convencido de que las dos leyes en discusión, (Bases y Medidas Fiscales), son útiles para buscar el déficit Cero, financiar los gastos legítimos de las provincias, bajar la inflación y reactivar la economía”.
Según el diputado Julio Moreno Ovalle de La Libertad Avanza, no se debe precipitarse, “hay que saber cuáles son las propuestas de los senadores y en base a estas, analizarlas. Esperar a conocer las modificaciones que plantearán y aprobarán”. Por otro lado, Alejandro Cacace, exdiputado y actual secretario parlamentario del bloque de la UCR, argumenta que “hay que ver que cambios introduce el Senado, que es Cámara revisora, y se pueden aceptar unos y rechazar otros, de acuerdo con el artículo 81 de la Constitución y al Acta de 1995″.
El antecedente de la ley de Alquileres
El evento más reciente ocurrió cuando la Cámara de Diputados (tras una segunda evaluación) aprobó la ley de alquileres el 11 de octubre de 2023. En esa ocasión, durante la madrugada, el bloque oficialista del Frente de Todos, con una mayoría simple, respaldó los cambios propuestos por el Senado, que actuó como Cámara Revisora, con 128 votos a favor y 114 en contra.
Algunos senadores dicen que no hay "claridad en la Constitución y nos vamos a tener que regir por el antecedente de una resolución de las Cámaras del año 1995″.
Anteriormente, en septiembre de ese mismo año, el Senado modificó la aprobación inicial de la Cámara de Diputados, la cual se había llevado a cabo en agosto con el apoyo de diversas agrupaciones de la oposición. Los puntos centrales debatidos estaban relacionados con la extensión de los contratos y la actualización de los montos de los arrendamientos. Posteriormente, el año pasado, con el cambio de gobierno, el presidente Javier Milei derogó esa ley de Alquileres mediante el DNU 70/2023.
Existen otros casos en la historia de la Cámara de Diputados donde se han realizado segundas revisiones de sanciones, en las que se ha decidido mantener parcialmente la versión original. En otras palabras, se han adoptado ciertas enmiendas y se han descartado otras.
- La Ley 25.239 de 1999, Reforma Tributaria
- La Ley 25.401 del 2000, Presupuesto general
- La Ley 25.344 del 2000, Emergencia Económica Financiera
- Ley 25.345 del 2000, Prevención de Evasión Fiscal
- Ley 25.563 de 2002, Concursos y quiebras
- La Constitución Nacional
Julio Moreno Ovalle de La LLB dijo que no hay que adelantarse, "hay que saber cuáles son las propuestas de los senadores y en base a estas, analizarlas".
El Art. 81 de la Constitución Nacional expresa:
Ningún proyecto de ley desechado totalmente por una de las Cámaras podrá repetirse en las sesiones de aquel año. Ninguna de las Cámaras puede desechar totalmente un proyecto que hubiera tenido origen en ella y luego hubiese sido adicionado o enmendado por la Cámara revisora. Si el proyecto fuere objeto de adiciones o correcciones por la Cámara revisora, deberá indicarse el resultado de la votación a fin de establecer si tales adiciones o correcciones fueron realizadas por mayoría absoluta de los presentes o por las dos terceras partes de los presentes. La Cámara de origen podrá por mayoría absoluta de los presentes aprobar el proyecto con las adiciones o correcciones introducidas o insistir en la redacción originaria, a menos que las adiciones o correcciones las haya realizado la revisora por dos terceras partes de los presentes. En este último caso, el proyecto pasará al Poder Ejecutivo con las adiciones o correcciones de la Cámara revisora, salvo que la Cámara de origen insista en su redacción originaria con el voto de las dos terceras partes de los presentes. La Cámara de origen no podrá introducir nuevas adiciones o correcciones a las realizadas por la Cámara revisora.
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