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6 de octubre de 2026 - 10:29
Sociedad.

Salario mínimo en octubre de 2026: cuánto cobran los trabajadores

El nuevo piso salarial fijado también repercute en la prestación por desempleo y modifica los límites de ingresos para acceder a distintos programas sociales.

Redacción de TodoJujuy
Por  Redacción de TodoJujuy

A partir del 1° de octubre, el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) quedó establecido en $391.200 por mes para los empleados que cumplen una jornada laboral completa. En el caso de quienes perciben su remuneración de acuerdo con las horas o los días trabajados, el piso salarial pasó a ser de $1.956 por hora.

El nuevo monto responde al cronograma de incrementos definido por el Gobierno nacional a través de la Resolución 4/2026. La medida fue adoptada luego de que el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil no lograra consensuar una cifra entre las organizaciones sindicales y el sector empresario.

La disposición comprende a los empleados incluidos dentro del régimen de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744, así como también a quienes se encuentran alcanzados por el Régimen de Trabajo Agrario. El alcance también contempla al personal de la Administración Pública Nacional y a los distintos organismos estatales que cumplen funciones como empleadores.

El salario mínimo seguirá en $398.800 en noviembre

El esquema de actualización establecido oficialmente contempla incrementos progresivos hasta abril de 2027. Después del monto fijado para octubre, el salario mínimo se elevará a $398.800 en noviembre y volverá a subir hasta alcanzar $406.400 en diciembre.

A partir del comienzo de 2027, el cronograma continuará con nuevos ajustes: el piso salarial será de $414.200 en enero, llegará a $422.000 en febrero, ascenderá a $429.600 en marzo y finalmente se ubicará en $437.000 desde abril.

Para los empleados que cobran según una modalidad jornalizada, la remuneración mínima por hora también tendrá aumentos escalonados. El valor será de $1.956 en octubre, pasará a $1.994 en noviembre y a $2.032 en diciembre. En 2027, alcanzará $2.071 en enero, $2.110 en febrero, $2.148 en marzo y llegará a $2.185 por hora en abril.

El aumento de octubre sucede al ajuste aplicado en septiembre

El cronograma de actualización tuvo su punto de partida el 1° de septiembre, fecha en la que el salario mínimo quedó establecido en $383.800 mensuales. Para los trabajadores que perciben su remuneración bajo la modalidad jornalizada, el piso se fijó en $1.919 por hora.

La normativa también especificó que las asignaciones familiares quedan excluidas de estos montos. Asimismo, estableció que en los casos de jornadas laborales reducidas y contratos de tiempo parcial previstos por la legislación vigente, el salario deberá determinarse de manera proporcional a la cantidad de horas trabajadas.

Cómo queda la prestación por desempleo en octubre de 2026

La disposición también estableció los parámetros correspondientes a la prestación por desempleo contemplada en el artículo 118 de la Ley 24.013. El monto del beneficio se determina sobre la base del 75% de la mejor remuneración mensual, normal y habitual que el trabajador haya cobrado durante los seis meses anteriores a la finalización de la relación laboral.

A partir del valor del SMVM vigente en octubre, el beneficio tendrá un piso de $195.600, equivalente a la mitad del salario mínimo, mientras que el máximo quedará establecido en $391.200, es decir, el 100% de ese ingreso.

Cuánto aumento el salario mínimo hasta abril 2027

  • Desde el 1 de octubre de 2026: el SMVM sube a $391.200 mensuales. La hora de los trabajadores jornalizados pasa a $1.956.
  • Desde el 1 de noviembre de 2026: el piso salarial será de $398.800 mensuales, mientras que el valor horario llegará a $1.994.
  • Desde el 1 de diciembre de 2026: el salario mínimo ascenderá a $406.400 mensuales. Para los jornalizados, será de $2.032 por hora.
  • Desde el 1 de enero de 2027: el SMVM se ubicará en $414.200 mensuales y en $2.071 por hora para quienes cobran de forma jornalizada.
  • Desde el 1 de febrero de 2027: el monto mensual será de $422.000, con un valor mínimo de $2.110 por hora para los trabajadores jornalizados.
  • Desde el 1 de marzo de 2027: el salario mínimo llegará a $429.600 mensuales. La hora de trabajo jornalizado tendrá un piso de $2.148.
  • Desde el 1 de abril de 2027: el SMVM alcanzará los $437.000 mensuales y los $2.185 por hora para trabajadores jornalizados.

Los valores establecidos se aplican a quienes perciben una remuneración mensual y trabajan la totalidad de la jornada laboral prevista por la ley. Cuando se trate de empleados con horarios reducidos o contratos de tiempo parcial, el importe correspondiente deberá calcularse en función proporcional de las horas trabajadas.

En qué sectores impacta el aumento del salario mínimo

La actualización del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), que desde el 1° de octubre de 2026 quedó establecido en $391.200, tiene distintos efectos sobre las prestaciones y programas sociales. En determinados casos, el incremento repercute directamente sobre el valor de un beneficio, mientras que en otros modifica el límite de ingresos exigido para acceder a una ayuda o continuar dentro de ella. Por este motivo, no todas las prestaciones sociales aumentan automáticamente junto con el salario mínimo.

La Prestación por Desempleo es uno de los ejemplos en los que la incidencia del SMVM resulta más evidente. De acuerdo con la Resolución 4/2026, el beneficio se calcula tomando como referencia el 75% de la mejor remuneración neta obtenida durante los seis meses anteriores al despido, aunque su importe queda sujeto a un mínimo y un máximo vinculados directamente al salario mínimo.

Con el valor de octubre:

  • El mínimo de la prestación por desempleo es de $195.600, equivalente al 50% del salario mínimo.
  • El máximo asciende a $391.200, equivalente al 100% del SMVM.

En el caso de las Becas Progresar, la actualización del SMVM no implica un incremento inmediato en el dinero que reciben los beneficiarios. Su impacto se refleja, en cambio, en el límite de ingresos establecido para acceder al programa o continuar percibiéndolo. Según las condiciones fijadas para la convocatoria 2026, la suma de los ingresos del estudiante y de los integrantes de su grupo familiar debe mantenerse por debajo de tres salarios mínimos.

Con el nuevo valor del SMVM correspondiente a octubre, ese requisito se traduce en un ingreso máximo de $1.173.600 mensuales para el estudiante y su grupo familiar. Existe una excepción para quienes son titulares de una pensión no contributiva por invalidez, ya que en estos casos los ingresos se consideran bajo un criterio diferente y no se aplican de la misma manera.

Salario Mínimo Vital y Móvil.

Salario Mínimo Vital y Móvil.

En cuanto a los vouchers educativos, el beneficio destinado a familias cuyos hijos concurren a instituciones privadas que reciben al menos un 75% de financiamiento estatal también utiliza el SMVM como referencia para determinar el acceso. Para poder acceder al programa, el ingreso total del grupo familiar no debe superar el equivalente a siete salarios mínimos.

Desde octubre, el requisito de ingresos se actualiza y pasa a ubicarse en $2.738.400 mensuales. De esta manera, la suba del SMVM eleva el máximo permitido para acceder al beneficio, aunque no implica un incremento automático en el monto del voucher que reciben las familias.

En el caso del Programa Hogar, destinado a hogares que no cuentan con conexión a la red de gas natural ni poseen tarifa social de gas, uno de los requisitos establece que los ingresos totales del grupo familiar no deben exceder el equivalente a dos salarios mínimos.

Con el nuevo valor del SMVM de octubre, ese límite se fija en $782.400 por mes. Si dentro del hogar reside una persona que cuenta con Certificado Único de Discapacidad (CUD), el tope permitido se eleva a tres salarios mínimos, por lo que alcanza los $1.173.600 mensuales.

En las provincias de la Patagonia y en el partido bonaerense de Patagones, los límites de ingresos presentan valores diferenciados: según cada caso, se establecen en 2,8 o 4,2 salarios mínimos.

La denominación “Vital” enfatiza la importancia de que el salario mínimo sea suficiente para cubrir las necesidades básicas de un trabajador y su familia. Mientras que, la palabra “Móvil“, implica que debería ajustarse de manera periódica para que puedan mantener su poder adquisitivo frente a la inflación.

La denominación “Vital” enfatiza la importancia de que el salario mínimo sea suficiente para cubrir las necesidades básicas de un trabajador y su familia. Mientras que, la palabra “Móvil“, implica que debería ajustarse de manera periódica para que puedan mantener su poder adquisitivo frente a la inflación.

Por su parte, el programa Formando Capital Humano contempla entre sus beneficiarios a empleados registrados del sector privado, siempre que su remuneración bruta mensual no supere el equivalente a tres salarios mínimos. La iniciativa también alcanza a otros sectores, entre ellos personas desocupadas, monotributistas sociales, contribuyentes de la categoría A, trabajadores de casas particulares y empleados rurales temporarios.

A partir de octubre, el máximo de ingresos permitido para los trabajadores en relación de dependencia queda fijado en $1.173.600 brutos por mes. La actualización modifica el requisito necesario para ingresar al programa, pero no genera un desembolso automático para quienes cumplen con el nuevo límite.

Por otra parte, los trabajadores con discapacidad que realizan tareas en Talleres Protegidos Especiales para el Empleo reciben una asignación estímulo de carácter no remunerativo que se determina en función del 40% del SMVM. Si bien esta proporción está contemplada por la normativa, las autoridades tienen la facultad de establecer el importe efectivo mediante disposiciones específicas y mecanismos de cálculo determinados. Tomando como base el salario mínimo vigente en octubre, ese porcentaje representa $156.480.

Qué beneficios no aumentan automáticamente

La Resolución 4/2026 señala de manera explícita que el salario mínimo se determina “excluidas las asignaciones familiares”. En consecuencia, la actualización del SMVM no genera automáticamente un aumento en la Asignación Universal por Hijo (AUH), las asignaciones familiares, las jubilaciones, las pensiones ni en el resto de las prestaciones administradas por la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). Estos beneficios cuentan con un mecanismo de actualización propio, vinculado a la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Salario Mínimo Vital y Móvil

Salario Mínimo Vital y Móvil

Estas prestaciones cuentan con reglas particulares y sistemas de actualización independientes, por lo que no necesariamente modifican sus valores ante una variación del salario mínimo. En estos casos, el SMVM solo puede tener incidencia cuando una disposición normativa específica establece que debe utilizarse como parámetro para determinar importes, condiciones de acceso o situaciones de incompatibilidad.

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