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15 de septiembre de 2025 - 07:47
Salud.

ANMAT prohíbe la venta de un queso cremoso por falta de controles sanitarios ¿Cuál es?

Se dispuso la suspensión inmediata en todo el país de la elaboración, fraccionamiento y comercialización del queso cremoso cuya marca se comercializa en todo el país.

Por  Verónica Pereyra

Según lo manifestado por el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) y el Ministerio de Desarrollo Agrario bonaerense, el producto fue incapacitado por:

No contar con registros sanitarios válidos, exhibir rótulos falsos y datos del fabricante poco claros e incumplir con la trazabilidad y no tener establecimiento identificado.

La medida, contemplada en la disposición legal 6693/2025, alcanza todas las presentaciones, lotes y fechas de vencimiento del queso, y afecta tanto a comercios físicos como plataformas de venta online.

Este caso pone de relieve la importancia de adquirir alimentos que cuenten con rotulado transparente, registros sanitarios oficiales y procedencia confiable, especialmente en productos de consumo cotidiano como los lácteos. La ANMAT refuerza con esta resolución su rol de autoridad reguladora comprometida con la seguridad alimentaria.

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Declaraciones de ANMAT sobre la suspensión del queso La Agustina: riesgo sanitario y rótulos falsos

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), mediante la Disposición Nº 6693/2025, prohibió de forma inmediata la elaboración, fraccionamiento y comercialización del queso cremoso “Quesos y Lácteos La Agustina”, tanto en locales físicos como en plataformas digitales. La medida rige para todas las presentaciones, lotes y fechas de vencimiento del producto.

Según el comunicado oficial, la decisión se basó en varias irregularidades detectadas durante controles sanitarios y análisis administrativos realizados por el INAL (Instituto Nacional de Alimentos), la ANMAT, y la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA) de la Provincia de Buenos Aires. Estas son las principales evidencias citadas por las autoridades:

- Registro sanitarios inválidos o inexistentes. El producto carece de registros oficiales válidos de establecimiento y registro del producto en los organismos competentes.

- Etiquetado falso. En el rótulo se muestran números de registro (RPE EXP. N° 11615016/04 y RPPE EXP. PROV. 6011-0710/04) que pertenecen a registros inexistentes, lo que configura un falseo de la información legal del producto.

- Imposibilidad de identificar el establecimiento de producción. No puede verificarse de forma fehaciente y clara que el queso haya sido elaborado, fraccionado o almacenado en un establecimiento habilitado según la normativa.

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imagen ilustrativa 

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El INAL advirtió que estas irregularidades representan un riesgo para la salud pública, ya que sin registros sanitarios confiables, sin trazabilidad clara y con rotulado falso no se puede garantizar la inocuidad del alimento.

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