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13 de febrero de 2026 - 12:12
Salud.

ANMAT prohibió la venta de detergente importado sin etiqueta en español

El organismo sanitario identificó que el producto no incluía información en idioma nacional, obligatoria para su comercialización en el país.

Redacción de TodoJujuy
Por  Redacción de TodoJujuy

Durante la madrugada, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) emitió la prohibición de la venta y el uso de un jabón líquido para ropa y de ciertas bombas de infusión. Además, anunció la cancelación de la habilitación de una compañía dedicada a la fabricación de productos farmacéuticos.

A través de las disposiciones 259/2026, 492/2026 y 499/2026 publicadas en el Boletín Oficial, la entidad precisó que las medidas se debieron a irregularidades detectadas en la inscripción y habilitación de los productos y la empresa en los registros oficiales correspondientes.

La ANMAT prohibió un jabón para la ropa importado por no tener rótulo en español.

ANMAT interviene por irregularidades en productos y empresas

En relación con el detergente importado, la ANMAT indicó que se trataba del producto “Tide ORIGINAL”, el cual carecía de etiquetas en español. Por esta razón, el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal recomendó la prohibición de comercialización y uso de todos los lotes de este artículo dentro del territorio argentino.

Además, entre las sugerencias del área técnica se incluyó abrir un sumario sanitario contra la firma GLAM DISTRIBUCIONES S.R.L. y su directora técnica, Marcela Ester Falguera, debido a la incumplimiento de normas sobre etiquetado en idioma nacional y la obligación de conservar contramuestras de los productos vendidos.

El organismo detectó que el artículo carecía de información en español, requisito indispensable para su venta en Argentina.

La pesquisa se inició a partir de una denuncia presentada ante el Servicio de Domisanitarios, en la que se advertía que el detergente para ropa “Tide Original. 17 LOADS BRASSEES. 739 ml. P&G. smartlabel” se comercializaba en un supermercado reconocido de Pilar, Buenos Aires, sin contar con etiquetado en español. El artículo únicamente mostraba inscripciones en inglés y carecía del número de registro nacional obligatorio para su venta legal.

La empresa GLAM DISTRIBUCIONES S.R.L., registrada ante la ANMAT bajo el RNE N° 020048208 como importadora y exportadora de productos domésticos, inicialmente negó conocimiento sobre el origen del lote cuestionado. Sin embargo, posteriormente admitió su responsabilidad cuando se presentó una muestra que permitió identificar el número de lote involucrado.

Esta madrugada la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso y comercialización de un jabón líquido para la ropa y unas bombas de infusión.

Prohibición de detergente y bombas de infusión

Ante esta situación, la compañía admitió no contar con contramuestras del producto, incumpliendo así las normas regulatorias que exigen trazabilidad completa en el sector. Por su parte, la dirección técnica de ANMAT dispuso el retiro inmediato del lote afectado, bajo seguimiento estricto para impedir que continuara circulando en el mercado.

En relación con las bombas de infusión, el organismo aclaró que la medida se tomó a partir de una denuncia presentada por ICU Medical Argentina S.R.L., que informó el extravio de varias unidades de los modelos Plum A+TM (números de serie: 18314614, 18313908, 18311337, 18313170, 18312661, 18302456, 18301723) y Plum360TM (número de serie: 20852391).

Con el fin de garantizar la protección de los potenciales usuarios y compradores, se decidió prohibir el uso, la venta y la distribución en todo el país de los dispositivos, ya que se desconoce su estado actual y condiciones de funcionamiento.

ANMAT prohibió el uso y comercialización de un jabón líquido para la ropa.

Desde el organismo aclararon que ambos aparatos, catalogados como de riesgo III y registrados a nombre de la empresa denunciante, están diseñados para infusiones parenterales, enterales y epidurales. En el caso específico de la bomba Plum360TM, también puede emplearse para la administración de sangre o productos derivados de la misma.

Cancelación de habilitación de IDEFARMA por inactividad comprobada

Finalmente, se comunicó que IDEFARMA S.R.L. dejó de estar registrada como establecimiento autorizado para el acondicionamiento de productos farmacéuticos, luego de comprobarse que no había registrado actividad alguna desde su habilitación inicial en su planta ubicada en Adrogué, provincia de Buenos Aires.

La medida se tomó tras recibir la aprobación del Instituto Nacional de Medicamentos (INAME), una vez que se verificó formalmente la falta de operaciones de la compañía.

Prohibieron la venta de un reconocido jabón líquido.

Antes de esta resolución, la empresa contaba con autorización para realizar el acondicionamiento primario de medicamentos sólidos, incluyendo blisters, cintas y sobres, todos no estériles y libres de principios activos betalactámicos, citostáticos o hormonales, además de poder ejecutar tareas de acondicionamiento secundario.

Según lo establece la Ley N° 16.463, cualquier actividad relacionada con la producción, distribución, fraccionamiento u otras manipulaciones de medicamentos requiere aprobación expresa y supervisión de la autoridad sanitaria, y debe desarrollarse únicamente en establecimientos que cumplan con las normas vigentes, garantizando así la seguridad de la salud pública y la protección económica del consumidor.

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