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18 de agosto de 2020 - 19:37
AFIP

AFIP: hasta el viernes se tramitan créditos para salarios

La AFIP extendió hasta el viernes el plazo para que las empresas tramiten estos créditos con tasas subsidiadas para pagar salarios.

Andrea Miranda
Por  Andrea Miranda

La Admininistración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el próximo viernes 21 de agosto el plazo para que las empresas puedan tramitar créditos a tasa subsidiada destinados a pagar salarios. Se trata de una nueva herramienta del programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP).

Estos créditos servirán para el pago de los salarios de julio. Estarán disponibles para aquellos empleadores inscriptos en el ATP que registraron en junio una variación nominal positiva en su facturación de entre 0% y 30% en relación con el mismo mes del año pasado. El trámite se puede realizar a través del sitio web de la AFIP y los préstamos se terminarán de gestionar ante una entidad bancaria seleccionada por cada empresa.

El monto de estos créditos a tasa subsidiada solo puede destinarse al pago de los salarios y se acredita directamente en las cuentas bancarias de cada una de las trabajadoras y trabajadores de las empresas.

En cuanto a las tasas de interés, estás serán fijas y su nivel dependerá de la magnitud en la variación nominal de la facturación de cada empresa entre los meses de junio de 2020 y 2019.

  • La tasa de interés será cero si la variación nominal interanual en la facturación es de entre 0% y 10%
  • La tasa será del 7,5% si la facturación mejoró entre el 10% hasta el 20%
  • La tasa será del 15% si la facturación creció más del 20% hasta el 30%

AFIP
Las inscripciones para los créditos a tasa cero para pagar salarios se realizan hasta el viernes en la web de AFIP.

Las inscripciones para los créditos a tasa cero para pagar salarios se realizan hasta el viernes en la web de AFIP.

El monto máximo de los créditos que podrán tramitar los empleadores para pagar salarios será el equivalente a la suma del 120% de un Salario Mínimo Vital y Móvil por cada de trabajadora y trabajador que integre la nómina hasta el 31 de mayo.

Finalmente, desde AFIP señalaron que en ningún caso el monto del crédito podrá superar la sumatoria del salario neto de cada uno de las trabajadoras y trabajadores de la empresa solicitante correspondientes al mes de mayo de 2020.

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