ANSES informa como saber si el IFE fue rechazado
La Anses postergó el pago del Ingreso Familiar de Emergencia para evitar amontonamientos de gente.
El cronograma de pagos del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) destinado a disminuir el impacto de la cuarentena para contener el coronavirus fue retrasado por la Anses. Según indicaron desde el organismo, con el fin de evitar la aglomeración de gente en los lugares de pago, en lugar de iniciar el martes 15 de abril, el cronograma arrancará el martes 21 de abril y hasta el 5 de mayo inclusive.
Esta mañana de sábado, la Anses había comenzado a informar quiénes habían reunido los requisitos para poder cobrar el IFE. Quienes vean su solicitud rechazada pueden revisar los motivos en el sitio oficial del organismo y efectuar un reclamo. El cronograma para ingresar los datos está determinado según la terminación de DNI:
El orden de acreditaciones se hará por número de DNI: el 21 de abril cobrarán los terminados en 0; el 22, los terminados en 1; el 23, los 2; el 24, los 3; el 27, los terminados en 4; el 28, los 5; el 29, los 6 y el 30, los finalizados en 7.
Los beneficiarios que obtengan la aprobación deben ingresar a la web de la Anses y colocar su clave de Seguridad Social en la opción Ingreso Familiar de Emergencia. Allí podrán seguir las instrucciones para anotar su número de CBU. Las fechas para realizar este trámite en la primera fase de inscripciones serán del 11 al 15 de abril. Los que no lo logren hacer, podrán inscribirse luego, en la fase para beneficiarios no bancarizados.
Según anticipó la Anses, en los próximos días publicará el cronograma de pagos del IFE con todas las fechas y opciones de cobro.
El Ingreso Familiar de Emergencia
Está dirigido a las personas que trabajan en el sector informal, a los monotributistas sociales y de las categorías A y B.
Debe tratarse de argentinos nativos o naturalizados y residentes con una residencia legal en el país no inferior a dos años; deben tener entre 18 y 65 años y, como titular o grupo familiar no tener ingresos provenientes de un trabajo en relación de dependencia en el sector público o privado, ser monotributista de categoría C o superior, o del régimen de autónomos, y no poseer determinada cantidad de ingresos.
Para quienes hayan sido rechazados, la Anses abrirá una instancia para volver a considerarlos en caso de que se hayan producido cambios no informados en la situación laboral o familiar de esas personas o por falta de datos.
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