La ordenanza 1342 en su artículo 1° dice que se prohíbe arrojar residuos en la vía pública; en su artículo 13 establece que será obligación del propietario mantener la vereda libre de maleza y en el artículo 15, dice que los dueños de terrenos baldíos deberán tener los mismos cercados y desmalezados.
Esta ordenanza 1342 en su artículo 7 también nos prohíbe tener materiales de construcción en la vía pública o frente de su inmueble. Materiales que seguramente entorpecen el tránsito peatonal.
La ordenanza 3633 en su artículo 1° nos dice que el lavado de vereda podrá realizarse todos los días en el horario de 22 a 9; mientras que la ordenanza 3846 habla de los automóviles que se encuentren en la vía pública en estado de deterioro, inmovilidad o abandono, quedan sujetos a procedimientos de tránsito.
Por otro lado, la ordenanza 4841 en su artículo 6 nos prohíbe arrojar cualquier tipo de aguas cloacales o servidas y por último, la ordenanza 3846 que prohíbe tener animales sueltos en la calle.
Tenemos que recordar que cambiando nuestros hábitos cotidianos, mejoramos nuestro barrio y cuidamos también el medio ambiente. Así que cumplamos con las ordenanzas en plena vigencia, pongamos nuestro granito de arena para tener una ciudad que nos represente a todos.
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