Plan de facilidades en REntas. 

¿Cómo ponerse al día con los impuestos provinciales?

Si tenés impuestos atrasados, esta es tu oportunidad porque la Dirección Provincial de Rentas tiene un Régimen Especial para regularizar deudas de Ingresos Brutos con vencimiento al 31 de marzo del presente año, incluyendo las provenientes de Agentes de Retención y Percepción.

Este plan permite financiar la deuda hasta en 12 cuotas sin interés de Ingresos Brutos, mientras que para deudas de Agentes de Retención/Percepción hasta en 12 o 6 cuotas, de acuerdo a la situación particular de morosidad.

Actualmente aquellos contribuyentes que decidan adherirse a este Régimen Especial tendrán un beneficio de reducción de intereses resarcitorios de un 30% (hasta el 30/06), reducción que se verá modificada al 20% en julio, así como otros beneficios adicionales y acumulables, según sea la modalidad de pago elegida, pudiendo llegar hasta el 60% de quita de intereses resarcitorios para planes cancelados de contado.

Dicho plan se instrumenta vía clave fiscal en la página web del organismo o bien presencialmente en Casa central o Delegaciones.

También está vigente el Régimen de Facilidades de Pago Permanente que permite regularizar deudas por el impuesto inmobiliario, sellos e ingresos brutos, tasas, derechos, contribuciones, intereses, actualizaciones y multas cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentran a cargo de Rentas.

La ventaja fundamental de este plan es la de permitir a los contribuyentes realizar su adhesión vía web, a través del Portal Ciudadano www.rentasjujuy.gob.ar, contando para ello con clave fiscal de Rentas, facilitando con ello la gestión administrativa y ahorrando tiempo de espera de los contribuyentes. En el caso particular de deudas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, el sistema beneficia a aquellos contribuyentes que tengan un menor riesgo fiscal, ampliando el número de cuotas de la facilidad, entre alguno de los beneficios. Cabe mencionar, que este régimen permite también financiar Multas por infracción a los deberes formales, por falta de presentación de declaraciones juradas de Ingresos Brutos.

Finalmente, de acuerdo a la normativa vigente, para aquellos contribuyentes cumplidores que se encuentren al día en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, de acuerdo a la RG Nº 1.446/2.016,podrán acceder a una bonificación de hasta el diez por ciento (10%) en el impuesto mencionado cuando estén comprendidos en la categoría de microempresas o de pequeñas empresas, según corresponda. Para acceder a dicho beneficio, se deberán cumplimentar ciertos requisitos, entre los que se destaca el tener presentadas en tiempo y forma, las declaraciones juradas mensuales correspondientes a los últimos doce anticipos mensuales exigibles y regularizada la deuda correspondiente a los cinco últimos periodos fiscales, entre otros.

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