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1 de mayo de 2021 - 10:09
Semáforo epidemiológico

Departamentos de Jujuy: conocé cómo están catalogados

Según Nación, hay cuatro categorías según el riesgo epidemiológico, y dispone restricciones de acuerdo a esa evaluación para cada departamentos.

Claudio Serra
Por  Claudio Serra

Alberto Fernández anunció ayer las nuevas medidas que rigen desde hoy y y el 21 de mayo inclusive, sobre todo en los departamentos y zonas con mayor cantidad de casos de Covid.

Las restricciones generales se aplican de acuerdo a la zona de riesgo epidemiológico y sanitario que Nación dividió en cuatro categorías: departamentos de bajo riesgo; medio riesgo; alto riesgo y situación de alarma epidemiológica y sanitaria.

Según esta clasificación nacional de departamentos en zonas epidemiológicas y sanitarias, Jujuy tiene catalogada como zona de bajo riesgo epidemiológico a San Pedro; de mediano riesgo a El Carmen y Ledesma y de alto riesgo al departamento Manuel Belgrano y Palpalá, sobre todo por el conglomerado de personas. No hay departamentos en alerta epidemiológica en Jujuy.

La Subdirección de Epidemiología reportó este viernes 89 nuevos casos de coronavirus en Jujuy y cuatro fallecimientos por causas relacionadas con la enfermedad, tres hombres y una mujer de entre 55 y 80 años. Llegando a un total de víctimas fatales desde el comienzo de la pandemia en Jujuy de 1.046. Además, 22 pacientes recibieron el alta médica en las últimas 24 horas.

Desde el comienzo de la pandemia y hasta el momento, en Jujuy fueron realizados 88.957 test en toda la provincia. De ellos, un total de 24.852 arrojó resultados positivos para coronavirus. De ese total, se recuperaron de la enfermedad 21.980 pacientes.

Para las zonas de alto riesgo, es decir de más de 40.000 habitantes con indicadores a razón mayor a 1.20, y con incidencia mayor a 150 c/ cada 100.000 habitante, las medidas y nuevas restricciones son que suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados, así como las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas.

Zonas epidemiológicas y departamentos de riesgo
Zonas epidemiológicas y departamentos de riesgo

Zonas epidemiológicas y departamentos de riesgo

Las nuevas medidas generales que rigen para las zonas de alto riesgo, como el AMBA son la suspensión de los viajes grupales de egresados, de estudio y de grupos turísticos; la suspensión de las reuniones sociales de más de 10 personas; la suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo.

También se suspende la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas; se cierran casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta; se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23hs

Así mismo se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.) Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.

Se disponen medidas locales y focalizadas de contención para limitar la circulación por horarios, por zonas o determinadas actividades, teniendo en cuenta el estatus sanitario. Estas medidas podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio y respecto de partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes.

Para las zonas de riesgo medio (de más de 40.000 habitantes - Indicadores: a) Razón: 0.8 a 1.2 e b) Incidencia: entre 50 a 150 casos c/ 100.000 habitantes), se establece que "es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios".

Finalmente, para las zonas de alerta epidemiológica y sanitaria, las medidas disponen la suspensión de actividades de centros comerciales y shoppings; se suspenden las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados.

Los locales comerciales entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno, quedaran limitados. También la restricción en ámbito educativo: se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles.

Además se prohíben los deportes grupales, se cierran casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta, entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente. Luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery. En los horarios autorizados de funcionamiento, sólo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre.

Se prohíbe la circulación entre las 20.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.) El transporte público solo para esenciales y autorizados.

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