La obligatoriedad de votar es para los mayores de 18 años y los menores de 70. Los otros pueden elegir hacerlo o no. Si estas dentro de la edad obligatoria y no votaste, podes sufrir sanciones.
Quienes no expliquen debidamente su falta en el plazo de 60 días desde los comicios, aparecerán en el Registro Nacional de Infractores y recibirán una multad de $500. Ser infractor puede generar inconvenientes para obtener el pasaporte, el documento o en alguna oficina pública.
Las causas que justifican no votar son estar a una distancia mayor a los 500 kilómetros del lugar de votación o estar fuera del país; enfermedad; fuerza mayor, denuncia de fallecimiento y funciones electorales.
A través de la página infractores.padron.gov.ar, se podrá justificar las razones por las que no se votó. Al ingresar a la web hay que seleccionar la causa y presentar la documentación que acredite la causa. En el caso de encontrarse a más de 500 km. del lugar de votación, deberá ir a una comisaría a pedir un certificado que lo acredite. Dentro de las 48 horas posteriores, la Cámara Nacional Electoral enviará un correo electrónico constatando que se recibió el trámite.
Los que por razones de trabajo estén ocupados durante las horas del acto electoral, tienen derecho a obtener una licencia especial de sus empleadores. Por enfermedad que impida asistir a votar, deberán justificar estas causales el mismo día de la elección mediante certificados emitidos por médicos de los servicios públicos.
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