El Ministro de la Producción Exequiel Lello Ivacevich brindó información sobre una nueva serie de subsidios. Podrán acceder a este beneficio las actividades consideradas no esenciales o que no hayan sido exceptuadas por disposición Provincial y/o Nacional, que a la fecha de solicitud del mismo no se encuentran habilitadas.
En el caso de los subsidios serán de hasta $60.000 y corresponden a las actividades exceptuadas, deberán encontrarse inscriptas al 28/02/2020 en AFIP y RENTAS de la Provincia de Jujuy (Ingresos Brutos ) debiendo contar con Habilitación Municipal (transitoria o definitiva) vigente al momento de solicitar el beneficio y Habilitaciones inherentes a cada actividad en especial .
Los créditos serán a tasa cero y tal como explicó Lello Ivacevich, serán de hasta $240.000 y prevén incluso reconversiones de rubro. Esto se analiza ante la dificultad de algunos rubros para poder volver a la actividad. Habrá un período de gracia de 6 meses, el credito podrá cancelarse en un plazo no mayo a 12 meses.
No podrán acceder al beneficio los monotributistas o autónomos que trabajen en relación de dependencia, sean jubilados o pensionados, como así también las personas o empresas que hayan recibido algún beneficio otorgado por el Gobierno Nacional (IFE (Ingreso Familiar de Emergencia o ATP (Asistencia al Trabajo y la Producción) .
Tampoco lo podrán hacer las actividades que reciban otro tipo de ayudas económicas otorgadas por el Gobierno Nacional o Provincial.
Por otra parte, desde el Ministerio de Producción aclararon que al momento de solicitar el subsidio ante dicha entidad, el solicitante deberá presentar: Nota de solicitud subsidio, DNI , o Acta de Constitución, constancia de Inscripción en AFIP , Constancia de Rechazo de beneficios Nacionales, Rentas y Habilitación Municipal y toda otra Habilitación que requiera la actividad.
Por el lado de los créditos, desde Producción aclararon que esta ayuda tiene como objetivo primordial la reconversión necesaria a efectos de poder adaptarse a a las actividades permitidas y a los nuevos patrones de conducta exigidos por el Gobierno Nacional y Provincial para el funcionamiento de las mismas.
En este caso el gobierno provincial bonificará el 100% de la tasa de interés y del costo financiero total que devenguen los Créditos a Tasa Cero.
Además el monto del crédito a otorgar será evaluado por Ministerio de Desarrollo Económico y Producción de acuerdo a parámetros objetivos que se establecerán en la reglamentación.
Los solicitantes deberán encontrarse inscriptos en AFIP y Rentas de la Provincia al 28/02/2020 y contar con las habilitaciones necesarias para su funcionamiento, las cuales deberán encontrarse vigentes al momento de solicitar el crédito.
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