El Tribunal en lo Criminal Nº2 condenó este jueves a prisión una pareja a 10 y 8 años de prisión - para él y ella, respectivamente - por el homicidio de un joven durante una pelea en San Salvador de Jujuy en marzo de 2019.
Según informaron desde el Poder Judicial, los jueces María Alejandra Tolaba, Claudia Cecilia Sadir y Luís Ernesto Kamada condenaron a Fernando David Ledesma y su pareja, Ariadna Priscila Jael Parra por el homicidio de Oscar Rubén Ledesma, que sucedió en el barrio San Francisco de Álava de San Salvador de Jujuy.
Fernando Ledesma fue penado a 10 años de prisión por ser autor material y responsable del delito de homicidio simple y declarado reincidente. Mientras que Parra fue condenada a 8 años de prisión por resultar ser partícipe necesario del delito de homicidio simple.
La acusación de homicidio contra la pareja
De acuerdo con la requisitoria de la Fiscalía, el 10 de marzo de 2019, alrededor de las 14.30, el acusado Fernando Ledesma se encontraba trenzado en una pelea con la víctima, Oscar Ledesma. Fue sobre calle Maíz Gordo casi esquina Escaya del barrio San Francisco de Álava.
Debido a esto, un tercero amigo de la víctima, llamado Franco González, trató de intervenir en la pelea, pero el homicida intentó agredirlo con un cuchillo que le había proporcionado su pareja, Ariadna Parra.
Tras esto, la víctima quiso defender a su amigo e interviniendo nuevamente en la riña. Fue entonces que el acusado lo agredió con una puñalada que le provocó la muerte inmediata. Luego huyó rápidamente junto a la mujer.
Los alegatos
El fiscal ante el Tribunal Diego Cussel pidió penas de prisión para ambos acusados: 16 años para Ledesma y 14 años para Parra.
Por su parte, el abogado defensor de Ledesma, Juan Pablo Canetti, solicitó la absolución de su defendido por haber actuado en legítima defensa o subsidiariamente la pena establecida para el delito de homicidio con exceso en la legítima defensa. En tanto, Luis Rubén Gutiérrez, defensor técnico de Ariadna Parra, solicitó para su defendida la absolución por el beneficio de la duda o subsidiariamente la absolución por legitima defensa o que el accionar de su defendida sea considerado como “exceso en la legítima defensa”.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro del plazo legal establecido en el Código Procesal Penal de la Provincia; a partir de lo cual las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior.
Sumate al Canal de WhatsApp de TodoJujuy.com
Recibí las noticias en tu celular sumándote al Canal de WhatsApp de TodoJujuy.com. Ingresá al siguiente enlace: https://whatsapp.com/channel/0029VaQ05Jk6BIErMlCL0v0j
Si querés, podés activar las notificaciones.
Además, podés comunicarte con nosotros a través del WhatsApp de las Noticias al 3885007777.
Copyright © Todo Jujuy Por favor no corte ni pegue en la web nuestras notas, tiene la posibilidad de redistribuirlas usando nuestras herramientas. Derechos de autor reservados.