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3 de noviembre de 2017 - 14:46

La CIDH le pide a la Corte Interamericana que intervenga por Milagro Sala

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos solicitó hoy a la Corte Interamericana de Derechos Humanos que adopte medidas provisionales a favor de la dirigente, porque considera que el Estado ha incumplido las medidas cautelares dictadas en su favor.

El 27 de julio de 2017, tras haber recibido información de ambas partes y haber efectuado una visita al centro de detención, la Comisión Interamericana otorgó medidas cautelares a favor de Milagro Sala a través de una.

A juicio de la Comisión, existían suficientes elementos para considerar que, entre otros aspectos, las condiciones de detención de Milagro Sala constituían “una situación de hostigamiento y estigmatización que ponía en riesgo su vida e integridad, situación agravada por el estado de la salud mental de la beneficiaria”, según consideran en sus fundamentos.

La CIDH dispuso que el Estado argentino debía adoptar medidas para garantizar los derechos a la vida e integridad personal de la beneficiaria y concertar con ella las medidas a tomar, teniendo en cuenta la excepcionalidad de la detención preventiva, adoptar medidas alternativas, tales como el arresto domiciliario o que la beneficiaria Sala enfrentara el proceso en libertad.

Después del otorgamiento de la medida cautelar, la Comisión sostiene que las autoridades judiciales de Jujuy tomaron decisiones que se distancian del cumplimiento de las medidas cautelares dictadas por la Comisión y que, por el contrario, “agravan la situación de riesgo de la beneficiaria”.

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Milagro Sala obtuvo durante más de un mes la prisión domiciliaria, bajo un estricto régimen de seguridad, y posteriormente la Cámara de Apelaciones y Control de la Provincia de Jujuy ordenó el retorno de la procesada a la Penitenciaría.

Según la Comisión, Sala atraviesa “una grave situación psicológica por la angustia que le generan las últimas decisiones tomadas por las autoridades del Estado, lo que la habría llevado a causarse una autolesión, en adición a la causada con anterioridad al otorgamiento de las medidas cautelares”.

La CIDH afirma que las actuaciones no se dirigen a cumplir las medidas cautelares y que esto agravarían el riesgo para la vida e integridad personal de Sala: “En consideración de la CIDH, la situación actual de Milagro Sala cumple con los requisitos de extrema gravedad, urgencia y riesgo de daño irreparable previstos en el artículo 63.2 de la Convención para el otorgamiento de medidas provisionales”, explicaron.

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