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9 de noviembre de 2020 - 16:09
A partir de hoy

Las empresas pueden solicitar el ATP en la AFIP

La AFIP habilitó a partir de hoy el sistema para que las empresas tramiten los créditos a tasa subsidiada destinados al pago de los salarios de octubre.

Por  María Cecilia Ibañez

"Los empleadores registrados en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) podrán realizar el trámite entre el 9 y 19 de noviembre, inclusive", según informó la AFIP en un comunicado.

La iniciativa benefició cada mes a un promedio de 1,7 millón de trabajadoras y trabajadores que se desempeñan en 180.000 empresas.

El Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa ATP dispuso que "las empresas registradas que hubieran presentado una variación nominal negativa en su facturación entre los meses de septiembre de 2020 y 2019 podrán tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 27%".

En tanto, "aquellos empleadores que registren una variación nominal positiva en su facturación de hasta 35% podrán tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 33%", añadió el comunicado.

¿Quiénes están alcanzados?

Las firmas de sectores considerados críticos que presentan una variación nominal positiva en su facturación estarán habilitadas a solicitar un crédito en dichas condiciones.

Las empresas que registren en su nómina trabajadoras y trabajadores con pluriempleo tendrán habilitada la opción para tramitar su crédito a tasa subsidiada desde el 14 hasta el 19 de noviembre, inclusive.

Las empresas que accedan a los créditos a tasa subsidiada contarán con un período de gracia de 3 meses de modo que el reembolso se realizará a partir del cuarto mes en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

Los empleadores que cumplan con las metas de empleo establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo y cancelen el crédito, recibirán un reintegro total o parcial del beneficio a través del Fondep.

Más adelante, la AFIP estableció la modalidad un crédito a tasa subsidiada y señaló que "el sistema para tramitar los créditos será habilitado el lunes 9 de noviembre con la publicación de la Resolución General 4853 en el Boletín Oficial y el proceso para acceder al financiamiento se inicia a través del sitio web de la AFIP”.

Asimismo, indicó que “los empleadores habilitados ingresarán con clave fiscal al servicio Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción donde deberán seleccionar la opción Crédito a Tasa Subsidiada".

Finalmente, detalló que "el sistema determinará e informará el monto máximo al que puede acceder cada empleador y los contribuyentes deberán ingresar una dirección de correo electrónico ya que el trámite se finaliza en la entidad bancaria seleccionada".

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