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Oficializaron la nueva moratoria previsional

Este martes, se hizo oficial la aprobación por parte del Gobierno de la nueva moratoria previsional, la cual fue sancionada en el Congreso a fines de febrero.
Por  Redacción de TodoJujuy.com

En el día de hoy, se ha oficializado la aprobación de la nueva moratoria previsional por parte del Gobierno, la cual fue sancionada por el Congreso a fines de febrero. Con esta medida, se establece un plan de pagos para permitir que más de 740.000 personas puedan acceder a una jubilación, incluso si no han logrado cumplir con los 30 años de aportes requeridos.

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El presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete Agustín Rossi y la ministra de Trabajo Kelly Olmos han firmado el Decreto 132/2023, que fue publicado en el Boletín Oficial el día de hoy, promulgando así la ley aprobada por el Congreso para establecer una nueva moratoria previsional.

La normativa que establece la nueva moratoria previsional fue aprobada por la Cámara de Diputados el 28 de febrero de 2023 con 134 votos a favor y 107 en contra. Anteriormente, ya había recibido media sanción en el Senado a mediados de 2022.

Nueva Moratoria previsional: los detalles de la norma

El objetivo de la Ley 27.705 es establecer un plan de pago de la deuda previsional que permita a las personas físicas acceder a las prestaciones previsionales a través del ingreso de aportes previsionales, según lo dispuesto en el artículo 1° de la norma.

Esto significa que aquellas personas que hayan alcanzado la edad jubilatoria -60 años para mujeres y 65 para hombres- o la alcanzarán en los próximos dos años, podrán solicitar una prestación de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) aunque no hayan cumplido con los 30 años de aportes obligatorios.

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Moratoria previsional: qué son las Unidades de pago y cómo funcionan

La nueva ley establece la creación de la "Unidad de Pago de Deuda Previsional", que representa una cuota mensual equivalente a un mes de servicios aportados. Aquellas personas que se adhieran al plan de pagos podrán obtener todas las unidades necesarias para acceder a las prestaciones previsionales correspondientes.

Para poder acceder al plan de pago de la deuda previsional, además de cumplir con la edad jubilatoria correspondiente, se requiere haber residido en el país y no haber estado inscripto como autónomo o monotributista durante el período que se pretende adquirir la Unidad de pago de la deuda previsional.

El pago de las distintas cuotas del Plan de Pagos solo se realizará a través del descuento directo del haber jubilatorio mensual que ANSES abonará a aquellos que hayan adherido a la moratoria previsional.

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El valor de las Unidades de pago se determinará en función del 29% de la base mínima imponible de la remuneración establecida por la Ley 24.241 y sus modificatorias.

De acuerdo con la normativa del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP), el valor mínimo se corresponde con tres veces el Aporte Medio Previsional Obligatorio (AMPO), calculado semestralmente en los meses de marzo y septiembre.

La normativa establece que las Unidades de pago de deuda previsional adquiridas podrán ser abonadas en un máximo de 120 cuotas mensuales, según lo dispuesto por el artículo 9°. ANSeS será la encargada de administrar estos pagos, así como de establecer los términos y condiciones de los mismos.

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La solicitud para acogerse a este programa podrá ser presentada dentro de los dos años siguientes a la entrada en vigencia de la norma, cuya fecha aún debe ser definida, y podría prorrogarse por otros dos años.

Es importante mencionar que este beneficio previsional "no es compatible con la percepción de cualquier otra prestación previsional, ya sea contributiva o no, incluyendo retiros y planes sociales".

La única excepción a esta regla se daría "en el caso en que la única prestación que la o el titular perciba a la fecha de solicitud fuera contributiva y su importe no superase el importe equivalente a una jubilación mínima vigente a la fecha de solicitud de la prestación".

Moratoria previsional: el plan para los trabajadores en actividad

La ley también establece la creación de la "Unidad de cancelación de aportes previsionales para trabajadores en actividad", que tiene como objetivo contabilizar como servicios aportados aquellos períodos en los que una persona no haya trabajado en relación de dependencia registrada, como autónomo o monotributista, antes del 31 de marzo de 2012, para acceder a prestaciones previsionales en el futuro.

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  • Mujeres: tener entre 51 y 59 años;
  • Hombres: tener entre 56 y 64 años;
  • Acreditar ingresos que permitan la justificación del pago de la Unidad;
  • Haber residido en el país;
  • No haberse encontrado prestando servicios bajo relación de dependencia registrada o en carácter de autónomo/a y/o monotributista en el período que se pretende adquirir las Unidades de cancelación.

La nueva ley establece que la Unidad de cancelación para aportes previsionales para trabajadores en actividad tendrá un valor que equivale al 29% de la base mínima imponible de la remuneración establecida por el artículo 9° de la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias. Además, se considerará como un mes de servicio para el cómputo de la Prestación Básica Universal (PBU) y se registrará en la historia laboral del individuo.

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