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20 de enero de 2023 - 08:13
AFIP.

AFIP: hoy vence la primera cuota del monotributo

Desde el 1 de enero que rigen nuevos precios para realizar este trámite que es obligatorio para los monotributistas. Mirá todos los detalles.

Federico Franco
Por  Federico Franco

Cabe destacar que desde el primero de enero, rigen nuevas escalas. Esta modificación implicó un aumento anual en los máximos del 114% para las categorías A, B y C, del 93,4% para la D y del 72,47% para los tramos E, F, G, H, I, J y K, quedando las últimas dos por debajo de la inflación del 2022.

Ahora, los ingresos máximos para permanecer en el Régimen Simplificado del Monotributo serán de hasta $ 5,6 millones anuales para los servicios -hasta categoría H- y de hasta $ 8 millones anuales para la venta de cosas muebles, hasta la categoría K.

Recategorización del monotributo 2023: cómo realizar el trámite

  • Entrar al sitio web de AFIP e ingresar el número de CUIT/CUIL/CDI y la clave fiscal personal.
  • Una vez dentro, seleccionar la opción 'Recategorización'.
  • El sistema mostrará la categoría actual y los topes de cada una de estas: se sugiere revisar las categorías vigentes antes de seguir con el trámite para asegurarse la categoría nueva a la que correspondería adherirse.
  • Para conocer esto, se debe seleccionar el botón 'Escalas vigentes'.
  • Luego, para proceder en la recategorización, se debe seleccionar el botón 'Continuar recategorización'.
  • Aquí se debe informar el monto facturado en los últimos 12 meses: cuando el sistema pregunte si se tiene o utiliza un local, seleccionar la opción correspondiente y continuar.
  • Se deben ingresar los datos correspondientes a la actividad personal según pide el sistema para determinar la nueva categoría.
  • El sistema mostrará la categoría que corresponde según los datos aportados. Se recomienda verificar bien antes de aceptar la validación.
  • Si los datos no son correctos, presionar en el botón 'Volver' para arreglar los errores. Si los datos están bien, seleccionar 'Confirmar categoría'.
  • El sistema informará que la transacción se hizo correctamente y se podrá imprimir la nueva credencial.
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AFIP: vence el monotributo.

AFIP: vence el monotributo.

¿Qué sucede si un contribuyente no realiza la recategorización?

En el art. 26 de la ley de monotributo se establece que la AFIP procederá a recategorizar de oficio, liquidando la deuda resultante cuando los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado no hubieran cumplido con la obligación de la recategorización.

Además, el Organismo Fiscal aplicará una multa del 50% del impuesto integrado y de la cotización previsional que les hubiera correspondido abonar.

La recategorización, determinación y sanción previstas podrán ser recurridas por los contribuyentes mediante la interposición del recurso de apelación.

En el caso que el contribuyente acepte la recategorización de oficio efectuada por la AFIP, dentro del plazo de 15 días de su notificación, la sanción aplicada quedará reducida de pleno derecho a la mitad.

Si el monotributista se recategorizó antes que la AFIP procediera a notificar la deuda determinada, quedará eximido de la sanción impuesta por el Organismo.

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