La Justicia argentina dio un nuevo paso en la causa por el atentado a la AMIA. El juez federal Daniel Rafecas procesó a siete ciudadanos iraníes y a un libanés por su presunta participación en la planificación y ejecución del ataque terrorista ocurrido el 18 de julio de 1994, que dejó 85 muertos y 151 heridos.
La resolución tiene 648 páginas y fue dictada en el marco del nuevo régimen de juicio en ausencia, que permite continuar con el proceso contra acusados declarados rebeldes que permanecen fuera del país y no comparecen ante la Justicia argentina. Además, se dispuso un embargo de USD 500 millones para cada imputado.
Qué determinó la Justicia sobre el atentado a la AMIA
Según la resolución de Rafecas, basada en las pruebas reunidas por la UFI AMIA, la planificación del ataque comenzó en agosto de 1993. El fallo sostiene que integrantes de la cúpula iraní tomaron la decisión de ejecutar el atentado y que la fase operativa fue encomendada a Hezbollah, organización libanesa que habría articulado una estructura de apoyo regional con conexiones en la zona de la Triple Frontera.
La Justicia reconstruyó además los días previos al ataque. De acuerdo con la investigación, el grupo operativo adquirió una Renault Trafic el 10 de julio de 1994 y, cinco días después, el vehículo ya habría sido acondicionado con unos 300 kilos de amonal y TNT. La camioneta fue estacionada posteriormente cerca de la sede de la mutual y utilizada durante el ataque del 18 de julio.
Quiénes fueron procesados
Rafecas procesó como autores mediatos a cuatro exfuncionarios iraníes:
- Alí Fallahijan, exministro de Inteligencia.
- Alí Velayati, exministro de Relaciones Exteriores.
- Mohsen Rezai, excomandante de la Guardia Revolucionaria.
- Ahmad Vahidi, exjefe de la Fuerza Al Quds.
Además, fueron procesados como cómplices necesarios Hadi Soleimanpour, exembajador iraní en Argentina; Mohsen Rabbani, exconsejero cultural de la embajada iraní; y Ahmad Asghari, señalado como agente de inteligencia.
El octavo procesado es Salman Raouf Salman, ciudadano libanés vinculado a Hezbollah, a quien el fallo atribuye la coordinación operativa de la fase final del atentado en Buenos Aires.
En cambio, el juez dictó la falta de mérito para Abdallah Salman y Hussein Mouzannar.
Qué es el juicio en ausencia
El avance fue posible por la aplicación de la Ley 27.784, sancionada en 2025, que incorporó el juicio en ausencia al sistema procesal argentino. La normativa permite avanzar cuando un acusado conoce la existencia del proceso, fue declarado rebelde y, pese a las órdenes de captura y pedidos de extradición, no comparece ante los tribunales argentinos. La ley establece además que debe contar con defensa técnica durante todo el proceso.
La UFI AMIA había solicitado expresamente utilizar este mecanismo para avanzar contra los acusados que llevan décadas prófugos y con pedidos de captura internacional.
Qué puede pasar ahora
La resolución puede ser apelada por la defensa oficial. Si los tribunales superiores confirman los procesamientos, la causa podrá avanzar hacia una eventual elevación a juicio oral y público, con intervención de la fiscalía, las querellas y la defensa. Además, Rafecas dio intervención a la Corte Suprema de Justicia para que analice si corresponde vincular este expediente con la investigación por el atentado contra la Embajada de Israel de 1992. En paralelo, la Cámara Federal de Casación Penal todavía debe resolver planteos sobre la constitucionalidad del juicio en ausencia.
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