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15 de abril de 2025 - 15:40
Fallo.

Confirmaron el procesamiento de Alberto Fernández por violencia de género contra Fabiola Yañez

La Cámara Federal de Comodoro Py resolvió confirmar el procesamiento de Alberto Fernández en la causa por violencia de género.

Claudio Serra
Por  Claudio Serra

La Cámara Federal confirmó el procesamiento del ex presidente de la Nación Alberto Fernández, en la causa por violencia de género que le inició su ex pareja Fabiola Yañez. Los jueces ratificaron el fallo de Erconili que dio por acreditado que Fernández golpeó al menos en dos oportunidades a Yañez.

La Sala II lo ratificó por mayoría en la causa por los delitos de lesiones leves y lesiones graves agravadas por haberse cometido en un contexto de violencia de género y por amenazas coactivas. La resolución fue firmada por los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah.

El tercer juez de la Cámara, Roberto Boico, votó por la falta de mérito del ex presidente para que siga siendo investigado, quien ahora quedó en condiciones de ser enviado a juicio oral y público si el juez federal Julián Ercolini y el fiscal federal Ramiro González determinan que la causa está cerrada y debe pasar a esa etapa.

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Alberto Fernández y Fabiola Yañez (Archivo)

Alberto Fernández y Fabiola Yañez (Archivo)

Los fundamentos del fallo contra Alberto Fernández

“Todo demuestra que la damnificada era alguien que notoriamente estaba en una situación de desigualdad de poder, al interior y exterior de la pareja, con relación a su victimario”, sostuvo Irurzun en su voto al que adhirió Farah.

“Hay fuertes motivos para sostener que los hechos concretos y objetivos que fueron preliminarmente acreditados en la causa, que incluyeron lesiones y otras formas de violencia de género practicadas por quien mantenía una marcada desigualdad de poder con ella, además de un aislamiento (forzado por estos hechos) mantenido en un espacio muy particular (casa de huéspedes de la Quinta Olivos) donde Fernández era la autoridad máxima, ciertamente fueron la causa de un marcado deterioro en las condiciones de salud de la víctima”, agregaron los camaristas.

Destacaron que en base a la desigualdad de poder entre Fernández y Yañez “influyó en la concreción de coacción para influir en la decisión de Yañez de no instar inicialmente la acción penal para que se investiguen los hechos”.

Una de las fotos que aportó Fabiola Yañez a la causa judicial.

Los argumentos del tercer juez

El juez Boico entendió que en el caso faltaban hacer medidas de prueba para acreditar la acusación, sobre todo por los golpes que tenía Yañez y sobre las amenazas que recibió para no presentar la denuncia. “No es posible determinar las fechas y horarios en las que fueron tomadas las fotografías y grabado el video en cuestión”, marcó.

Sostuvo que el moretón en el ojo fue un día antes de hacer un viaje oficial a Misiones como primera dama y que el vuelo lo compartió con otras personas. “Sin embargo, no se les tomó testimonio a ninguna de ellas pese a que podrían haber visto el ojo de Yáñez tal como se muestra en la imagen”, explicó Boico

Para el camarista, “no se procuró la totalidad de elementos de prueba disponibles para la corroboración de la hipótesis acusatoria. Es una falencia importante que priva al acto jurisdiccional de adecuado fundamento”.

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