El Poder Ejecutivo deberá promover el aceite de oliva argentino en todos los eventos y actividades culturales, sociales o deportivas.
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SUSCRIBITEEl Poder Ejecutivo deberá promover el aceite de oliva argentino en todos los eventos y actividades culturales, sociales o deportivas.
La ley 26.839 había sido sancionada por el Congreso Nacional el 29 de noviembre de 2012 y fue promulgada de hecho el 8 de enero de este año.
En sus considerandos, se define como aceite de oliva argentino al "industrializado en la República Argentina, utilizando únicamente como materia prima aceitunas que sean íntegramente cosechadas en territorio argentino, cuya composición se ajuste a lo establecido en el artículo 535 del Código Alimentario Nacional, ley 18.284 y normas complementarias y las que en el futuro se dicten".
Por otra parte se establece que el Poder Ejecutivo deberá promover el aceite de oliva argentino en todos los eventos y actividades culturales, sociales o deportivas de carácter oficial con el fin de incrementar el consumo, orientar su incorporación a la canasta alimentaria y resaltar y fortalecer sus propiedades nutricionales y demás valores diferenciales.
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