Legisladores salteños volvieron a sesionar y aprobaron la incorporación de los artículos 6 y 7 de la ley 7411 que se refiere a los deudores morosos alimentarios. Ahora no podrán entrar a ver los espectáculos futbolísticos, ni salir del país.
Deudores de alimentos no podrán ingresar a los estadios ni salir del país
Uno de los diputados señaló que “el 70% de las personas que se encuentran en el registro no se pagan, mientras que el 62 por ciento inició los trámites pero no hacen. La familia es la que se perjudica. Los chicos son los que sufren”.
En el artículo 6º de la ley en cuestión, quieren establecer que será requisito para la admisión, ingreso y permanencia en estadios de fútbol para todos aquellos que estén incluidos en la nómina del Registro de Deudores Alimentarios.
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Mientras que el artículo 7º, determina “la prohibición de salir del país a los deudores alimentarios morosos incluidos en el registro, hasta tanto los abonen o presten caución suficiente”.
Cabe recordar que el Registro de Deudores Alimentarios Morosos fue creado en la provincia de Salta en el 2001 y funciona bajo la órbita del Poder Judicial desde el 2004 y está regulado por la ley provincial 7.411, y las acordadas de la Corte 9.372 y 12.320.
Una iniciativa que se podría hacer extensiva en las distintas cámaras legislativas del país, teniendo en cuenta el gran número de deudores morosos que no pagan la cuota de alimentos y todos los meses hay problemas con este tema.
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