El Ejecutivo ha remitido al Congreso, en última instancia, una propuesta concluyente referente a los ingresos personales, destinada a sustituir el impuesto a las Ganancias. Aunque en la noche del lunes se habían divulgado los primeros contornos, la redacción definitiva del documento demandó algunas horas adicionales.
De entrada, el tributo experimentará un cambio de denominación. El proyecto de ley nombra al renovado sistema como el Impuesto a los Ingresos Personales, el cual determinará su abono por parte de los contribuyentes solteros cuyos ingresos brutos mensuales excedan los 1.250.000 pesos, según detallaron fuentes gubernamentales a colegas de Infobae.
Impuesto a las ganancias: ¿A quienes alcanza?
Asimismo, en el caso de los empleados casados con dos hijos, estarán exentos de abonar impuestos sobre salarios hasta alcanzar los $ 1.590.062, según indicó el especialista en tributación Sebastián Domínguez.
De esta manera, se calcula que aproximadamente 800 mil individuos volverán a estar sujetos al tributo. Con el reciente incremento en el salario mínimo, en la situación actual, únicamente aquellos que devengan ingresos brutos superiores a los $1.980.000 son los contribuyentes afectados por el Impuesto a las Ganancias.
La propuesta establece que la cifra mencionada experimentará adaptaciones trimestrales, el 1 de enero, el 1 de abril, el 1 de julio y el 1 de octubre de cada año, a partir del 1 de abril del ejercicio fiscal 2024, inclusive. Estas modificaciones se realizarán conforme al coeficiente resultante de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) proporcionado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
De acuerdo con las declaraciones proporcionadas a Infobae por el experto en tributación César Litvin, los empleados en situación de dependencia que sean solteros y posean un salario neto de $1.141.000, así como aquellos casados con dos hijos que cuenten con un salario neto de $1.507.887, se verán obligados a abonar el recién instaurado impuesto a los Ingresos Personales. Sin embargo, es relevante señalar que el monto a pagar será bastante reducido, representando un 5% del excedente sobre dicha suma.
“Este esquema deja atrás la técnica legislativa anterior, que consideraba el piso en lugar del mínimo no imponible y le aplicaba la alícuota más alta, lo que siempre generaba distorsiones. Ahora se empleó una mejor técnica legislativa para aplicar la plena progresividad”, aseguró Litvin.
De este modo, cuando el empleado alcanza el mínimo no imponible “se aplican las escalas más bajas, dándole la progresividad propia del impuesto”.
La tasa máxima, fijada en el 35%, será exclusiva para aquellos que registren una utilidad neta en dólares de USD 17.102 al año según el tipo de cambio oficial, o de USD 11.185 según la cotización con liquidación, según detalló Litvin.
Litvin resaltó, además, otras disposiciones incluidas en el proyecto que, a su parecer, resultarán en pagos reducidos o en una modalidad progresiva. Se contemplan deducciones adicionales, como la exención del sueldo anual complementario (aguinaldo) para aquellos con una remuneración bruta inferior a $1.250.000.
Asimismo, estarán libres de gravamen los incentivos por productividad, los denominados "fallos de caja" u otros conceptos semejantes para aquellos que perciban salarios brutos de $2.500.000. En cuanto a un aspecto desfavorable del proyecto, Litvin indicó que los trabajadores autónomos quedaron en una posición secundaria y que su condición no fue nivelada con la de los empleados sujetos a relación de dependencia.
Respecto a los contribuyentes del régimen de monotributo, la propuesta fija rangos con ajustes en los ingresos mensuales declarados. “No se va a poder facturar al mismo sujeto más de 6 operaciones en el año calendario o si se lo hace tendrá que ser por un monto de operación inferior a los $105.000″, apuntó Litvin.
Domínguez apuntó que “el salario bruto para los trabajadores solteros hasta $ 1.250.000 no paga; si pasa un peso, hay que empezar con los descuentos; para el casado con dos hijos con salario bruto de $ 1.590.062 no paga”.
“El proyecto tiene un aspecto positivo, porque vuelve a la esencia del impuesto a las ganancias. Se termina con el tema de fijar un piso y que los que están hasta ese piso no paguen, y los que lo superan hasta las bandas de la deducción especial incrementada tengan una morigeración del impuesto. Hasta ahora, quienes están por arriba rápidamente llegaban a pagar una alícuota del 35% muy rápido; es decir, no se pagaba nada y después muy rápido se pagaba parte de su sueldo que había agravado el 35%", comentó el expertó.
En esa línea, continuó: "Eso se elimina y además se vuelve a la esencia que es deducir la ganancia no imponible, la deducción especial, las cargas de familia para todos los contribuyentes igual, sin importar el sueldo. Y esto también se aplica para autónomos”.
“La reforma tiene cosas positivas, pero no es suficiente. Deberían aplicarse deducciones más altas y tramos de escalas más amplios, para que la persona que pague, lo haga a partir de un sueldo más alto, porque la realidad es que hoy todo el mundo tiene muchos gastos para poder vivir, para mantener su calidad de vida mínima. Y, cuando empiece a pagar, deberían existir tramos de escalas más amplios, para que paguen menos del impuesto que están pagando con este esquema actual”, expresó.
En cuanto a la vigencia, afirmó que “el impuesto es anual y entonces una reforma que se hace durante el periodo rige desde el 1º de enero del periodo, no del año para las personas humanas. Pero la ley podría decir que esta reforma rige, por ejemplo, a partir del 1º de marzo, y entonces los primeros dos meses se aplica el impuesto cedular a los altos ingresos, que no me parece adecuado; si bien es legal porque el ejercicio es anual, no es razonable”.
Equilibrio fiscal
La iniciativa del titular de Economía, Luis Caputo, de reinstaurar el gravamen, está enmarcada dentro de las acciones destinadas a lograr la estabilidad fiscal. Esta medida posibilitará al Gobierno incrementar los ingresos, dado que la reforma implementada conllevaba una merma de 1 billón de pesos para las arcas del Estado Nacional y una cantidad equivalente para las provincias, considerando que se trata de un impuesto compartido.
En el seno del Poder Ejecutivo, han dado a conocer que los fundamentos detrás de esa elección son más de índole política que económica o fiscal, concretamente, la interacción con los gobernadores que en su momento respaldaron la eliminación de la cuarta categoría. Los líderes provinciales requieren fortalecer sus ingresos provenientes de la coparticipación, considerando el anunciado recorte de transferencias tanto corrientes como de capital que adelantó Caputo. Esta medida amenaza con generar presión sobre las finanzas públicas de los gobernadores.
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