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12 de noviembre de 2020 - 11:17
aumentaron 58% las denuncias en pandemia

Grooming: Diputados sancionó la ley

La nueva Ley de prevención del Grooming y el Ciberdelito ya tenía media sanción de senadores, y diputados la aprobó bajo el nombre "Mica Ortega".

Maria Eugenia Burgos
Por  Maria Eugenia Burgos

Con el voto afirmativo de 224 legisladores, la Cámara de Diputados de la Nación aprobó esta madrugada la ley que permitirá la creación de un Programa Nacional de Prevención y Concientización del Grooming o ciberacoso contra niñas, niños y adolescentes, en una de sus sesiones especiales.

La iniciativa, ya tenía media sanción del Senado desde el 3 de septiembre pasado y fue aprobada en Diputados, llevará el nombre de “Mica Ortega”, una niña de 12 años oriunda de Bahía Blanca que fue víctima de grooming y femicidio en 2016.

El objetivo del programa es prevenir, sensibilizar y generar conciencia en la población sobre la problemática del grooming, también conocido como ciberacoso, a través del uso responsable de la tecnología y la capacitación de la comunidad.

Dada la situación especial que estamos atravesando en el marco de la pandemia, la iniciativa llega en pleno auge de denuncias por este tipo de delito, ya que según los últimos datos expuestos en la Cámara de Diputados en la última sesión, las denuncias por estos abusos aumentaron en un 58% durante la cuarentena.

Esta ley recibió el apoyo de todos los bloques en la Comisión de Labor Parlamentaria para que fuera tratada este miércoles.

Las madres agrupadas en la ONG Mamá en Línea -presidida por Roxana Domínguez- se habían presentado en el Congreso durante la tarde de ayer para expresar su apoyo al proyecto y permanecieron en el recinto hasta el momento de la votación. Portaban en los palcos panfletos con la foto de Micaela Ortega y la leyenda “Frenemos al Grooming”.

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Los objetivos del programa son:

- Generar conciencia sobre el uso responsable de las Tecnologías de la Información y Comunicación;

- garantizar la protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes frente al grooming o ciberacoso;

- capacitar a la comunidad educativa a los fines de concientizar sobre la problemática del grooming,

- diseñar y desarrollar campañas de difusión;

- brindar información acerca de cómo denunciar este tipo de delitos.

En la ultima sesión llevada adelante en la Cámara de Diputados, se dispuso que todos los smartphones, tablets y otros dispositivos electrónicos deberán tener en su pantalla de inicio información sobre la peligrosidad de la sobreexposición en las redes de los niños, publicar fotos propias y de terceros y aceptar como amigos perfiles desconocidos, la existencia de delitos cibernéticos y otros consejos para prevenir este tipo de delitos.

Información que se deberá exponer

  • a) Peligrosidad de sobreexposición en las redes de niñas, niños y adolescentes.
  • b) Información acerca de la existencia de delitos cibernéticos.
  • c) Aconsejar el rechazo de los mensajes de tipo pornográfico.
  • d) Advertir sobre la peligrosidad de publicar fotos propias o de amistades.
  • e) Recomendar la utilización de perfiles privados en las redes sociales.
  • f) Sugerir no aceptar en redes sociales a personas desconocidas.
  • g) Hacer hincapié en el derecho a la privacidad de datos y de imágenes.
  • h) Aconsejar el mantenimiento seguro del dispositivo electrónico y la utilización de programas para proteger el ordenador contra el software malintencionado.
  • i) Brindar información respecto a cómo actuar ante un delito informático.
  • j) Informar respecto a la importancia de conservar pruebas tales como conversaciones, mensajes, capturas de pantalla, en caso de haberse producido una situación de acoso.
  • k) Facilitar información acerca de dónde se deben denunciar este tipo de delitos.

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Grooming: Diputados sancionó la ley

Grooming: Diputados sancionó la ley

Para lograr la implementación de este aspecto se va a requerir, en el momento de la reglamentación, un consenso y un acuerdo con las empresas proveedoras de telecomunicaciones, para lo cual se irán generando las herramientas adecuadas.

A su vez se dispone crear una página web con información referida al grooming o ciberacoso y al uso responsable de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, destinada a la población en general y a la comunidad educativa en particular, con el fin de que obtengan material de información, prevención y capacitación.

Por otra parte, el Poder Ejecutivo podrá celebrar convenios con organismos que propendan a la implementación del programa; coordinar un equipo interdisciplinario integrado por profesionales especialistas en la materia, que elabore planes de acción sobre prevención y concientización; organizar espacios de reflexión y debate en establecimientos educativos que reúna a niñas, niños y adolescentes y a sus padres, madres y/o tutores/as con el objeto de capacitarlos mediante talleres, seminarios y clases especiales; promover y difundir investigaciones relacionadas a la problemática del grooming o ciberacoso; y fiscalizar y verificar el cumplimiento de la ley, disponiendo la aplicación de las sanciones que correspondan en caso de infracción a la misma.

Por grooming o ciberacoso se entiende a la acción en la que una persona, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contacte a una persona menor de edad con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual.

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