El Gobierno oficializó el procedimiento excepcional de devolución de saldos a favor del Impuesto PAÍS mediante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Los detalles, en la nota.
Impuesto PAÍS: cómo es el procedimiento para la devolución de percepciones excedentes
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó la devolución de los saldos a favor del impuesto PAIS para los agentes de percepción y liquidación de ese gravamen, con un esquema de hasta tres cuotas mensuales hasta marzo de este año.
La instrumentación de la devolución será de carácter “excepcional”, se detalló en la Resolución General 5638/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial y podrá hacerse a cuenta del impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras operatorias, más conocido como impuesto al Cheque.
La norma precisa que la exteriorización del saldo a favor deberá formalizarse mediante la presentación del formulario de declaración jurada F.744correspondiente a diciembre de 2024 y enero a marzo de 2025, generado a través del Sicore (Sistema de Control de Retenciones).
El saldo a favor podrá ser utilizado a través de la opción “Compensación” del servicio con clave fiscal denominado “Sistema de Cuentas Tributarias” por el pago de las sumas percibidas y/o del importe correspondiente al impuesto propio devengado del impuesto al Cheque de los períodos devengados enero, febrero, marzo y abril de 2025, pudiendo aplicarse tanto al capital como a sus intereses.
La utilización del saldo a favor podrá realizarse hasta el 30 de mayo, inclusive, con las siguientes limitaciones:
1- Hasta el 31 de enero no podrá exceder el 33,33% del saldo a favor declarado hasta esa fecha.
2- Hasta el 28 de febrero de 2025 no podrá exceder el importe que surja de restar al 66,66% del saldo a favor total declarado hasta la fecha, el monto utilizado en el período anterior.
3- Desde el 1° de marzo hasta el 30 de mayo, el 100% del saldo a favor remanente.
Por la aplicación de ese procedimiento, se generarán intereses a favor del agente de percepción y liquidación.
- a) Desde la fecha de presentación de la declaración jurada de diciembre 2024 que exteriorice el saldo a favor hasta el 31 de enero, el interés se calculará sobre el 66,67% del saldo a favor total exteriorizado en la declaración jurada.
- b) Desde el 1 de febrero, o desde la presentación de la declaración jurada de diciembre 2024 que exteriorice el saldo a favor, si ésta es posterior a la aludida fecha, y hasta el 28 de febrero, el interés se calculará sobre el 33,34%del saldo a favor total exteriorizado en la declaración jurada.
Qué es el Impuesto PAÍS
El impuesto Por una Argentina Inclusiva y Solidaria fue creado en diciembre de 2019 en el marco de la ley 27.541 de Emergencia Social y Reactivación Productiva sancionada por iniciativa del entonces recientemente asumido presidente Alberto Fernández, en un principio para aplicar a operaciones realizadas con moneda extranjera y consistente en una alícuota del 30%.
El tributo, que luego amplió su base de imposición con alícuotas diferenciadas, tenía un plazo de duración de cinco años, que finalizó el domingo 22 de diciembre del año pasado.
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