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23 de mayo de 2019 - 18:24
A partir del período 2018

La AFIP elevó el piso para declarar Ganancias y Bienes Personales

El mínimo a partir del cual se hará la declaración informativa subió en un 50% y será de un $1,5 millón.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó hoy que subió el piso a partir del cual se debe realizar la declaración informativa de Ganancias y Bienes Personales de 1 a $1,5 millón. La nueva norma se aplica desde el período fiscal 2018 en adelante, según indica la Resolución General 4493/2019, publicada en el Boletín Oficial.

Esto significa una modificación del 50% (casi el porcentaje de inflación establecido por Indec del año pasado) en el mínimo por el que se debe hacer el trámite que contiene información sobre patrimonio, consumos, ingresos y gastos deducibles.

La resolución de AFIP también indica que ya puede comenzar a cargarse el formulario de declaración jurada F. 572 web “en forma mensual hasta su liquidación el 31 de marzo del 2020 aunque en dicho período fiscal no hubiera ingresos, deducciones y/o nuevas cargas de familia a informar”. Este formulario debe enviarse a través del "Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - TRABAJADOR".

Impuesto a las ganancias

De acuerdo con la nueva reglamentación de AFIP, el menor sueldo promedio mensual alcanzado por Ganancias durante 2019 es de $38.301 (incluido el proporcional del aguinaldo) para el caso de un asalariado sin cargas de familia; si se deducen montos por cónyuge y dos hijos, la cifra es de $50.668. En el caso de los jubilados, se paga Ganancias a partir de los ingresos de $62.462,20. Para los autónomos, por todo 2018 el ingreso más bajo alcanzado por el impuesto es de $200.753,73, y para 2019 la cifra anual es de $257.546,96 si no se aplica ninguna deducción.

Además, según informó La Nación, desde este año las rentabilidades por inversiones - plazos fijos, bonos públicos y otros instrumentos financieros - quedan alcanzadas por Ganancias.

Impuesto a los bienes personales

En este caso, las tasas son marginales y se pagan sobre excedentes. El monto del tributo en 2018 se calcula el 0,25% sobre el valor total de los bienes sujetos al tributo que excede a los $1.050.000. Para 2019, quienes declaren bienes por entre $2 millones y $5 millones pagarían una tasa del 0,25%. Para entre $5 y $10 millones, el porcentaje para el excedente sería del 0,50%. A partir de los $20 millones, la tasa se ubicaría en el 0,75%

Los bienes sujetos al tributo de Bienes Personales son: inmuebles; automóviles y otros rodados; billetes (pesos o moneda extranjera); cuentas corrientes bancarias; cuotapartes de fondos comunes de inversión y otras inversiones no exentas; obras de arte; antigüedades; objetos del hogar.

Fuente: LA NACIÓN

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