La Corte Suprema de Justicia de la Nación falló ordenando a la empresa Tabacalera Sarandí, propiedad de Pablo Otero, conocido en el ámbito como “el Señor Tabaco”, a cumplir con el pago del impuesto a los cigarrillos que había logrado evadir durante años mediante diversas presentaciones judiciales.
Este fallo surge como respuesta a un planteo realizado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en representación del Estado Nacional.
El fallo de la Justicia
El máximo tribunal del país hizo lugar a un recurso extraordinario presentado por la AFIP, dejando sin efecto la ejecución de una sentencia que favorecía a Tabacalera Sarandí. Esta decisión se enmarca en una serie de revocaciones de medidas cautelares que previamente habían permitido a la empresa evitar el pago del tributo establecido en la ley 24.674 de impuestos internos, reformada durante la administración de Mauricio Macri para aumentar estos impuestos en un 70%.
La empresa de Otero, que comercializa marcas como Red Point, West, Master y Kiel, había argumentado que dicha reforma implicaba un incremento en el precio al público de sus productos, situándola en una desventaja competitiva frente a las empresas internacionales. Sin embargo, la Corte Suprema, con la firma de los jueces Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, sostuvo en 2021 que la compañía no demostró un perjuicio concreto y que una norma del Poder Legislativo no puede suspenderse con una medida cautelar.
Pablo Otero
Pablo Otero es conocido como el Señor Tabaco.
A pesar de estos fallos, Tabacalera Sarandí aún no había comenzado a pagar el impuesto debido a una decisión del juez de primera instancia Enrique Lavié Pico, respaldada por la Sala IV de la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal. Estos órganos judiciales habían declarado la inconstitucionalidad de ciertos artículos de la Ley 27.430 que establecían montos mínimos para diversos productos relacionados con el tabaco, ordenando además que la AFIP adecuara sus aplicativos para reflejar el monto real de venta en la liquidación del impuesto.
No obstante, la Corte Suprema decidió suspender la ejecución de esta sentencia, argumentando que los recursos extraordinarios presentados podrían involucrar cuestiones federales de fondo que aún deben ser analizadas. En su voto, el juez Lorenzetti subrayó la excepcionalidad y la extrema gravedad institucional del caso, destacando que si la sentencia es eventualmente revocada, Tabacalera Sarandí podría enfrentar una ejecución por todos los montos no abonados desde hace años, acumulando una cifra multimillonaria.
Con esta última decisión, ya no queda pendiente ninguna medida preventiva, cautelar o de ejecución anticipada que impida al fisco determinar y cobrar el tributo adeudado por Tabacalera Sarandí. Mientras tanto, la cuestión de la constitucionalidad del impuesto al tabaco se encuentra ahora en manos de la Procuración General de la Nación, cuyo dictamen será fundamental para que la Corte Suprema pueda abordar y resolver el fondo de la cuestión.
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