La había cerrado Oyarbide en 2009. 

La Justicia rechazó reabrir una causa contra Cristina

Es una causa por enriquecimiento ilícito que cerró Oyarbide en 2009. La Justicia desistió porque los hechos fueron simultáneos a otros por los que juzgan a Cristina.
Por  Andrea Miranda

Este viernes la Justicia rechazó el pedido para re abrir una causa por enriquecimiento ilícito contra la actual vicepresidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner. Se trata del expediente que Norberto Oyarbide había cerrado en la etapa de investigación en el año 2009 y que en 2018 fue motivo de escándalo, cuando el ahora exjuez admitió presiones para emitir ese fallo. La jueza María Eugenia Capuchetti entendió ahora que los hechos de la causa que pretendían reabrir coinciden con otros por los que juzgan a la exmandataria.

En su sentencia, Capuchetti explica que "no existe impulso que permita el resurgimiento de la acción penal tal como originalmente se había requerido", ya que "las recientes presentaciones realizadas por la Unidad de Investigación Financiera (UIF) y el Ministerio Público Fiscal (...) afirman que no existen elementos que permitan conmover las sólidas bases sobre las cuales se asienta la cosa juzgada de aquella resolución".

Por otro lado, la jueza indicó que Cristina está siendo juzgada en otros procesos "en los que se la acusa ─entre otras cuestiones─ de supuestos lucros indebidos desde el 8 de mayo de 2003 hasta el 14 de diciembre de 2015, es decir un período temporal que claramente abarca lo aquí denunciado". Esta situación, explicó la magistrada en su fallo, "cobra especial importancia en este caso" ya que esas imputaciones en los juicios orales que están en trámite, "incluyen el período del supuesto enriquecimiento ilícito que aquí la UIF pretendía reabrir".

"La lucha contra los diversos tipos de criminalidad no debe darse sacrificando principios jurídicos básicos; aún en casos como el presente, en donde desde sectores de la opinión pública se intenta persuadir a la justicia a dirigir sus decisiones en un determinado sentido sin que se lleve a cabo un análisis jurídico crítico del caso o, incluso, dejando situaciones procesales inconclusas por largos períodos de tiempo en detrimento de los imputados", indicó también la jueza.

Finalmente, hay que destacar que, luego de que el fiscal Eduardo Taiano desistiera de la acusación, la UIF era la única parte legitimada para oponer la acción de nulidad y que, recientemente, desistió de su planteo.

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