sábado 21 de febrero de 2026

Alcanzaste el límite de 40 notas leídas

Para continuar, suscribite a Todo Jujuy. Si ya sos un usuario suscripto, iniciá sesión.

SUSCRIBITE
18 de octubre de 2023 - 12:01
Trabajo.

Ley Empleo Mipyme: Raquel Olmos subrayó la norma

La ministra de Trabajo Raquel Olmos, visitó Jujuy y subrayó la relevancia que tiene la ley Empleo Mipyme.

Claudio Serra
Por  Claudio Serra

La ministra de Trabajo Raquel Olmos visitó Jujuy y subrayó la importancia que tiene la ley Empleo Mipyme para Argentina.

“La ley busca impulsar que quienes estén en el sector informal de la economía, accedan a trabajos con plenos derechos”, dijo y marcó que “algunos plantean a los derechos laborales como privilegios y los trabajadores no son privilegiados”.

Kelly Olmos dijo que la ley tiene tres objetivos: fomentar la contratación formal de trabajadores, formalizar el trabajo no registrado e impulsar la transformación de los beneficiarios de programas sociales en trabajo formal y privado.

Raquel Olmos, Ministra de Trabajo de Nación
Raquel Olmos, Ministra de Trabajo de Nación

Raquel Olmos, Ministra de Trabajo de Nación

“Para nosotros es una obligación que el 100% de lo trabajadores acceden a los derechos laborales”, y dijo que la mayoría de los que están en la informalidad son en microempresas de hasta cinco personas. “Allí está el 75% de los trabajadores informales”.

La funcionaria nacional dijo que la ley busca que los trabajadores estén en la formalidad laboral, “reduciendo cargas patronales por un año, e incluso los beneficios sociales que se sumarán al salario”, e indicó que la ley potencia esos beneficios.

“Contiene la desgravación de cargas sociales por dos años y elimina sanciones tributarias y penales que las normas administrativas vigentes hoy no permitían”, y dijo que con esta herramienta “trataremos de darle un nuevo impulso para formalizar a trabajadores”.

Embed - Raquel Olmos - Ministra de Trabajo

Media sanción

La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley Empleo Mipyme que busca fomentar la contratación formal de trabajadores, formalizar el trabajo no registrado e impulsar la transformación de beneficiarios de programas sociales.

El proyecto fue aprobado por los legisladores nacionales en septiembre pasado, tras una sesión en el Congreso que arrojó 130 votos a favor del Frente de Todos y bloques provinciales; 3 en contra y 63 abstenciones, en su mayoría de Juntos por el Cambio.

Diputados aprobó la Ley Empleo Mipyme en Argentina
Diputados aprobó la Ley Empleo Mipyme en Argentina

Diputados aprobó la Ley Empleo Mipyme en Argentina

Detalles de la ley

La norma establece que el beneficio se concede por un plazo de 24 meses contados a partir del inicio de la relación laboral, inclusive, y la magnitud de la reducción varía en función del tamaño de la persona empleadora y del hecho de que el trabajador o la trabajadora haya sido o no beneficiario o beneficiaria de ciertos programas sociales y de empleo.

Además contempla un esquema de regularización de situaciones laborales no registradas, que permite el goce de ciertos beneficios para que las PyMEs regularicen relaciones laborales vigentes del sector privado iniciadas con anterioridad a la fecha en que se promulgue la ley.

La empresa que contrate trabajadores podrá rectificar la real remuneración o la real fecha de inicio de la relación laboral con beneficios como quedar liberado de sanciones penales y reduce conflictos judiciales; puede subsanar la baja del registro de empleadores con sanciones laborales (Repsal); accede a condonación de deuda por capital, intereses y multas por los trabajadores que regularicen.

El trabajador no perderá aportes, ya que el Estado le computará los aportes no ingresados por los empleadores por hasta 70 meses. Para el caso de ambos beneficios, las PyMEs no podrán reducir la nómina laboral y no podrán tener ningún trabajador no registrado.

El régimen comprende a los empleadores y empleadoras que encuadren y se encuentren inscriptos como Micro, Pequeñas o Medianas Empresas o entidades sin fines de lucro, cuyo objeto exclusivo sea la prestación de servicios sociales gratuitos, debiendo regularizarse las relaciones laborales dentro de los 90 días corridos, contados desde la fecha de entrada en vigencia de la Reglamentación de la ley.

En el caso de las Micro, Pequeña o Mediana Empresa o de una entidad sin fines de lucro, que contrate trabajadores o trabajadoras que no gocen de programas sociales y de empleos nacionales que otorguen prestaciones dinerarias, se establece una reducción del 100% de las contribuciones patronales.

Para el caso de empleadores del sector privado que contraten trabajadores o trabajadoras que no gocen de programas sociales y de empleo nacionales que otorguen prestaciones dinerarias, los primeros 12 meses tendrán una reducción del 50% de las contribuciones patronales y los segundos 12 meses una reducción del 25% de las contribuciones patronales.

Sumate al Canal de WhatsApp de TodoJujuy.com

Recibí las noticias en tu celular sumándote al Canal de WhatsApp de TodoJujuy.com. Ingresá al siguiente enlace:  https://whatsapp.com/channel/0029VaQ05Jk6BIErMlCL0v0j

Si querés, podés activar las notificaciones.

Además, podés comunicarte con nosotros a través del WhatsApp de las Noticias al 3885007777.

Copyright © Todo Jujuy Por favor no corte ni pegue en la web nuestras notas, tiene la posibilidad de redistribuirlas usando nuestras herramientas. Derechos de autor reservados.
Seguí leyendo

Lo destacado