jueves 05 de diciembre de 2024

Alcanzaste el límite de 40 notas leídas

Para continuar, suscribite a Todo Jujuy. Si ya sos un usuario suscripto, iniciá sesión.

SUSCRIBITE
20 de diciembre de 2019 - 08:51
Modificación en la Ley de Emergencia

Los viajes fronterizos quedan exentos del impuesto de 30% al dólar

La excepción al impuesto al dólar fue realizada por sugerencia de un diputado del Frente de Todos. Esto se da para evitar que las familias que conviven y trabajan en una región tengan recargos en sus traslados habituales.

Por  Sofía Gutiérrez

La Ley de Emergencia impulsada por el Ejecutivo consiguió la media sanción en una sesión maratónica en la Cámara de Diputados. En cuanto a uno de sus más polémicos puntos, uno de los diputados del Frente de Todos emitió un pedido explicando que debe existir una excepción al impuesto de 30% al dólar.

La solicitud emitida por Ramón radica en explicar que existen familias que conviven y trabajan en la misma región. Se busca evitar que en sus traslados habituales tengan un recargo dado que comienzan en un país y terminan en otro. A modo de ejemplo, explicó: “Muchas veces se paga un pasaje sólo para cruzar un puente”.

“Quiero proponer una modificación en este artículo para mantener fuera del impuesto al transporte internacional que se abone en moneda nacional”, planteó el legislador del Frente de Todos ante el recinto. “Es una realidad de los lugares fronterizos, donde muchas personas de bajos recursos deben efectuar un transporte internacional pero que lo pagan en moneda nacional”, argumentó.

En una primera instancia obtuvo resistencia por parte de otro diputado oficialista, Carlos Heller, quien rechazó la modificación. Ramón insistió: “Estamos hablando de lugares donde las personas no tienen tarjeta de crédito y los bajos recursos son totales. Hasta van con el efectivo y a veces no lo tienen”.

Para saber más: Morales llamó a los Diputados de Juntos por el Cambio a "cerrar la grieta"

El artículo en cuestión establece con carácter de emergencia, por el término de CINCO (5) periodos fiscales a partir del día de vigencia de la presente ley, un impuesto de distintas actividades y operaciones en moneda extranjera y que se anunció que tendrán 30% de recargo.

Sobre ese punto, el cuerpo de la Cámara de Diputados aprobó hacer una modificación en el inciso E, donde se regulan los viajes que realizan las personas fuera del país.

El texto de ese inciso quedó redactado de la siguiente manera: “Adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática de pasajeros con destino fuera del país en la medida en que para la cancelación de la operación deba accederse al Mercado Único y Libre de Cambios a los efectos de adquisición de las divisas correspondientes en los términos que fije la reglamentación".

Sumate al Canal de WhatsApp de TodoJujuy.com

Recibí las noticias en tu celular sumándote al Canal de WhatsApp de TodoJujuy.com. Ingresá al siguiente enlace:  https://whatsapp.com/channel/0029VaQ05Jk6BIErMlCL0v0j

Si querés, podés activar las notificaciones.

Además, podés comunicarte con nosotros a través del WhatsApp de las Noticias al 3885007777.

Copyright © Todo Jujuy Por favor no corte ni pegue en la web nuestras notas, tiene la posibilidad de redistribuirlas usando nuestras herramientas. Derechos de autor reservados.
Seguí leyendo

Lo destacado