Multa y cárcel para quienes difundan imágenes de contenido sexual

La comisión de Legislación Penal emitió dictamen favorable a la media sanción de Senado que establece como delito la difusión de ese tipo de material.

La Diputada Gabriela Burgos, quien preside la Comisión del Senado, dijo que la media sanción de Senado fue modificada en base a los debates y consensos logrados en su comisión en la Cámara de Diputados durante el 2016, el cual mejora la letra del trabajo hecho por sus pares en la Cámara Alta, al considerar que se arreglan aspectos técnicos que hacen más operativa a la Ley y de posible cumplimiento.

La modificación hecha por los diputados que integran Legislación Penal establece multas que van desde los 50.000 a 300.000 pesos para quienes por cualquier medio y sin autorización, difundiere, divulgare, distribuyere o de cualquier modo pusiere al alcance de terceros un vídeo, imagen o cualquier material sobre desnudos, semidesnudos o material erótico de otra persona, que sea privado, cuando menoscabe la intimidad de la víctima.

Pero para quienes hayan realizado la conducta antes descripta transgrediendo por primera vez la presunta expectativa de intimidad la pena será de 3 meses a 3 años.

Señalaron que lo que se hace es diferenciar de quien rompe el circulo de intimidad y traiciona la confianza de la otra persona, que en la mayoría de los casos es quien obtiene el material de una pareja, expareja, o alguien con quien tiene o tuvo algún tipo de relación, penándolo con años de prisión de aquel que solamente difunde o ayuda a difundir dicho material que solo será multado con suma dineraria.

“Es necesario prevenir, concientizar y castigar sobre esta práctica degradante que en la mayoría de los casos es producido contra la mujer, y que genera un daño irreparable psicológica y socialmente, que perturba tanto a la persona como a su desenvolvimiento en la sociedad y que va en aumento día a día concluyó”, Gabriela Burgos.

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