El gobierno de Javier Milei puso en marcha un nuevo protocolo para el despliegue de agentes encubiertos digitales en causas judiciales de delitos complejos, donde los sospechosos utilizan los sitios web y redes sociales para cometer ilícitos.
La medida se publicó ayer en el Boletín Oficial, a través de la Resolución 828/2025 firmada por la ministra de Seguridad nacional, Patricia Bullrich. En concreto, se trata de un nuevo marco normativo para el desarrollo de las tareas de los “agentes encubiertos digitales” y “agentes reveladores digitales” de las fuerzas federales, cuando su intervención es requerida por la Justicia.
La normativa incluye la creación de un "Registro de avatares" destinado a planificar la generación y uso de identidades ficticias para brindar apoyo en las investigaciones penales. De esta manera, los perfiles de usuario que se creen para obtener información de los posibles delincuentes y organizaciones criminales estarán supervisados por la cartera de Bullrich.
“Hoy en día las organizaciones criminales, cada vez con mayor frecuencia, operan a través del ciberespacio, por lo que los agentes encubiertos y los agentes reveladores tienen que intervenir en el espacio digital en innumerables delitos (pornografía infantil, narcotráfico, terrorismo, etc.), por lo que los agentes Encubiertos Digitales constituyen una herramienta poderosísima en la lucha contra el delito complejo”, señalaron en una comunicación oficial desde el Ministerio de Seguridad nacional.
Cómo será el protocolo de los agentes encubiertos digitales
En detalle, el protocolo inicia con el oficio judicial que ordena la utilización de un agente encubierto digital. A partir de esto, la Unidad Especial de Agentes Encubiertos solicita a la fuerza policial o de seguridad interveniente en la causa la propuesta de un agente que cumpla con los requisitos de idoneidad y capacitación.
Además, se prevé que el Registro Nacional de las Personas (Renaper) pueda cargar los datos ficticios en las bases correspondientes, y emitir la documentación física o digital respaldatoria, en caso de que se necesite.
Entre los deberes del agente que surja seleccionado se encuentra "la elección de los datos biográficos ficticios que adoptará a los efectos de cumplir con la misión asignada". Por otro lado, también deberá "elevar una nota de aceptación del cargo al Titular de la Fuerza Policial o de Seguridad Federal correspondiente".
Una vez que se determinen los parámetros de la identidad ficticia del agente encubierto digital, los funcionarios de Seguridad remitirán los datos biográficos a la Unidad Especial de Agentes Encubiertos que procederá a "a registrar la actuación bajo un código de seguridad único".
El protocolo también destaca que debe haber "resguardo de la identidad ficticia". En este sentido, detalla que "el funcionario público que, en el ejercicio de sus funciones, intervenga en cualquiera de las etapas del presente protocolo, deberá guardar secreto sobre los datos del agente involucrado, como así también respecto de su participación en la investigación pena".
La identidad ficticia corresponderá "exclusivamente al agente de la Fuerza Policial o de Seguridad Federal designado como agente encubierto digital o agente revelador digital". En este sentido, la misma solo podrá ser empleada "a la misión judicialmente encomendada".
"Una vez finalizada la actuación del agente encubierto digital o del agente revelador digital, la DIRECCIÓN NACIONAL DE NORMATIVA Y RELACIONES CON LOS PODERES JUDICIALES Y LOS MINISTERIOS PÚBLICOS solicitará a la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR que proceda a suprimir de todas las bases de datos la identidad ficticia que se haya empleado en el marco de la actuación procesal", concluye el protocolo.
Además, también queda expresamente prohibida la utilización de una identidad ficticia en otra investigación penal.
Sólo se podrá reutilizar una identidad ficticia cuando:
- quien la fuere a emplear sea el mismo agente que ya la utilizó.
- que no se haya develado su naturaleza ficticia.
- que no se ponga en peligro la seguridad del agente designado.
El ciberdelito
En el transcurso de 2024, Bullrich creó la Unidad de Inteligencia Artificial Aplicada a la Seguridad (UIAAS), y habilitó a las fuerzas federales a realizar ciberpatrullajes a través de la resolución 428/2024, con el fin de prevenir delitos de amenazas y otras formas de intimidación o coacción; operaciones comerciales con origen en hechos ilícitos, comercialización de instrumentos públicos, entre otras conductas reprochables.
Poco después, la órbita de actuación del ciberpatrullaje se amplió a las estafas piramidales, o aquellos “delitos de intermediación financiera no autorizada, mediante la utilización de criptoactivos”.
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