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3 de noviembre de 2025 - 19:48
Chaco.

Caso María Luz Herrera: anunciaron la fecha en la que se definirá si la causa irá a juicio

El caso por la desaparición de la jujeña María Luz Herrera se encuentra en instancia clave: se resolverán las impugnaciones presentadas en el expediente y se decidirá si el proceso avanza a juicio.

Federico Franco
Por  Federico Franco

Esa jornada se realizará el martes 20 de noviembre, cuando el juez de Garantías dictamine sobre las impugnaciones pendientes y evalúe si la causa será elevada a juicio.

El trámite se da en medio de una investigación que incluye dos imputados, y mientras se espera la resolución judicial esencial para avanzar hacia un juicio oral.

La decisión que adopte el tribunal será un paso clave en el proceso, marcado por reclamos de la familia de la víctima y de organizaciones que exigen respuesta y justicia.

María Luz Herrera
María Luz Herrera.

María Luz Herrera.

Cómo está la investigación el caso María Luz Herrera

El fiscal de Investigación Penal N°4 de Chaco, Gustavo Valero, solicitó al Juzgado que se disponga la citación a juicio oral y público para los dos imputados por el femicidio de la jujeña María Luz Herrera, de conformidad con los artículos 363 y 364 del Código Procesal Penal.

En su requisitoria, el representante del Ministerio Público Fiscal fundamentó la acusación con perspectiva de género y consideró "probada la participación de los imputados Darío Ezequiel Godoy Florentín y su padre, Darío Ismael Godoy Ojeda, en el hecho que se investiga".

El fiscal sostuvo que las pruebas reunidas a lo largo de la investigación contra los hombres, "se presentan armoniosamente concatenadas entre sí y permiten exteriorizar la actividad delictual desplegada por los imputados".

Valero subrayó que el accionar de los acusados debe ser "conceptualizado e investigado con perspectiva de género", citando el artículo 4° de la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

Ese artículo define como violencia "toda conducta, acción u omisión que, de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, afecte la vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, así como la seguridad personal de las mujeres".

El fiscal consideró acreditada la autoría de Darío Esequiel Godoy Florentín en el delito de "femicidio agravado por el vínculo" (artículo 80 incisos 1 y 11 del Código Penal), mientras que atribuyó a su padre, Darío Ismael Godoy Ojeda, la participación como partícipe primario en el delito de femicidio (artículo 80 inciso 11 en función del artículo 45 del mismo cuerpo legal).

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