ARCA redefine el sistema de identificación tributaria: qué cambia con el CUIT
Se implementó una nueva normativa que redefine los trámites de alta, actualización y baja para personas humanas, sucesiones indivisas y personas jurídicas.
Las nuevas reglas de ARCA que todos los contribuyentes tienen que conocer.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) definió una actualización integral de las reglas que regulan los procesos de alta, actualización de información y baja de registros para individuos, sucesiones indivisas y entidades jurídicas.
La medida fue instrumentada mediante la Resolución General 5803/2025, difundida este miércoles a través del Boletín Oficial.
La medida contempla procedimientos específicos para otros casos.
Los cambios más relevantes implementados por ARCA
Entre las modificaciones más relevantes se destaca la eliminación de la Clave de Identificación (CDI), que será sustituida por la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) en el caso de personas humanas y sucesiones indivisas.
Las personas que poseen Documento Nacional de Identidad argentino están obligadas a gestionar la obtención de la CUIT por medios electrónicos, ya sea ingresando al portal oficial de ARCA o utilizando la aplicación “ARCA Móvil”. Para avanzar con el alta, es indispensable disponer de Clave Fiscal con nivel 3 o mayor y cargar en el sistema una versión digital del DNI, además de una imagen facial del solicitante.
El procedimiento también exige informar tanto el domicilio real como el fiscal. Cuando este último difiere del que figura en el documento, deben presentarse comprobantes que lo acrediten, como certificados de domicilio, escrituras o boletas de servicios.
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¿Cuándo comienza a regir la nueva medida de ARCA?
La normativa comenzará a regir a partir del 2 de marzo de 2026. Hasta ese momento, las claves de identificación ya asignadas seguirán siendo reconocidas como válidas, aunque pasarán automáticamente a transformarse en CUIT cuando el titular realice algún cambio en su información registrada.
Asimismo, la disposición establece mecanismos particulares para situaciones adicionales:
Extranjeros sin DNI argentino: las personas que vivan en el país y aún no cuenten con documentación nacional podrán gestionar una CUIT de carácter transitorio, con vigencia de hasta dos años. Para ello deberán acreditar identidad con papeles emitidos en su país de origen y presentar el certificado de residencia otorgado por la Dirección Nacional de Migraciones.
Personas que residen fuera del país: el alta deberá canalizarse por medio de un apoderado, representante legal o un tercero debidamente autorizado que tenga domicilio constituido en la Argentina.
Sucesiones indivisas: el pedido de inscripción debe ser tramitado por el administrador designado, ya sea judicial o extrajudicial, utilizando la plataforma de “Presentaciones Digitales”.
Para tener en cuenta
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En el caso de las entidades y sociedades, la gestión debe efectuarse a través del sistema denominado “Inscripción y Modificación de Personas Jurídicas”.
Quien ejerza la representación legal está obligado a cargar información clave, entre ella el tipo de figura legal, el momento de constitución, la finalidad de la entidad y la integración de sus socios o autoridades.
Los papeles respaldatorios de esos datos deberán presentarse con validación digital, ya sea mediante certificación de un escribano público o por la autoridad de control competente.