ARCA modificó el régimen del IVA para los venden en plataformas digitales: quiénes deberán pagar a partir de ahora.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó una actualización de los montos correspondientes al régimen especial de IVA para quienes venden bienes o prestan servicios mediante plataformas digitales, como Mercado Libre, Tiendanube o equivalentes.
La resolución, que comenzó a tener efecto ayer, 1° de diciembre, será aplicable a todas las transacciones electrónicas realizadas o formalizadas desde esa fecha en adelante.
ARCA modificó el régimen del IVA para los venden en plataformas digitales.
A quiénes alcanza la nueva medida de ARCA
El nuevo régimen regirá para quienes lleven a cabo la venta de bienes muebles no registrables, ya sean nuevos o usados, así como para los profesionales independientes y prestadores de servicios que operen mediante plataformas digitales.
Según precisó la ARCA, esta actualización afecta a aquellos individuos que “no acreditando su condición de responsables inscriptos, exentos o no alcanzados por el IVA, o su situación de adheridos al Monotributo, realicen transacciones de manera habitual, frecuente o repetida”.
Quiénes deberán pagar a partir de ahora.
La Resolución General 5794/25, publicada en el Boletín Oficial, define los criterios actualizados que se utilizarán para evaluar si una persona efectúa operaciones de manera regular en los sitios de comercio electrónico:
Habitualidad mensual: 10 o más operaciones y un monto total igual o superior a $750.000.
Habitualidad por cuatrimestre: 4 o más operaciones por mes durante el cuatrimestre, con un monto acumulado igual o superior a $750.000.
Para que las ventas de bienes usados de uso personal no sean consideradas habituales, el monto deberá ser menor a $1.500.000, previa declaración del vendedor.
Según la ARCA, los valores y umbrales que previamente determinaban si un usuario se consideraba “habitual” habían quedado desfasados debido al incremento de precios y al avance del comercio digital.
El organismo redefinió las condiciones para definir la habitualidad de quienes el comercio electrónico de bienes o servicios.
ARCA apunta a "modernizar montos, parámetros y procedimientos"
El organismo explicó que la medida anunciada hoy “responde a la necesidad de modernizar los montos, parámetros y procedimientos con el objeto de adecuarlos al crecimiento del comercio electrónico y ofrecer mayor certeza a contribuyentes y operadores”.
Con esta modificación, los usuarios serán clasificados como “sujetos no categorizados” a partir del mes siguiente al que se constate la habitualidad, y dejarán de estar incluidos en esta categoría al inscribirse en el IVA o Monotributo, o cuando cese la realización habitual de operaciones.
Para ello, indicó la ARCA, las plataformas digitales estarán obligadas a garantizar la identificación tributaria de todos los usuarios sujetos al régimen, utilizando CUIT, CUIL o CDI, mientras que las percepciones deberán figurar de manera transparente y detallada en cada factura emitida.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los valores.
Además, a partir de este cambio y “con el fin de facilitar la comunicación con los ciudadanos”, se implementará otra modificación: la notificación enviada al domicilio fiscal electrónico, que incluía el motivo y la alícuota de la percepción, será reemplazada por una consulta disponible a través del servicio “Nuestra Parte” con Clave Fiscal.
El avance del e-commerce
El comercio electrónico en Argentina se consolidó como un actor clave de la economía, representando actualmente uno de cada cuatro pesos del consumo total del país. Según el informe más reciente de la Cámara Argentina de Comercio Electrónico (CACE), los ingresos del sector sumaron $15.317.918 millones durante el primer semestre de 2025, lo que refleja un aumento del 79% frente al mismo período del año anterior, muy superior a la inflación interanual del 39,4%.
El nuevo régimen aplicará para quienes realicen operaciones de venta de cosas muebles no registrables.
En esos seis meses se registraron 149,5 millones de órdenes de compra, un incremento del 46% respecto a la primera mitad de 2024, y se comercializaron 203,9 millones de unidades. El ticket promedio fue de $102.449, con un crecimiento del 23%, aunque por debajo del ritmo general de la inflación.
Actualmente, las ventas a través de canales digitales representan aproximadamente una cuarta parte del total nacional, y seis de cada diez empresas aseguran que su desempeño en línea fue igual o superior al de los locales tradicionales. Entre las categorías con mayor presencia se destacan Hogar y Decoración (38%), Productos de Belleza (26%), Indumentaria no deportiva (25%), Indumentaria deportiva (23%) y Electrónica y electrodomésticos (21%).
En la actualidad, el canal online representa cerca del 25% de las ventas totales del país.
Para Gustavo Sambucetti, director institucional de la CACE, “el crecimiento en Alimentos y Bebidas es significativo, incluso en un contexto de caída general del consumo en 2024”. Según explicó, este aumento se debe a una oferta más amplia en línea y a procesos de compra más ágiles y sencillos, aunque aclaró que esto no logra compensar la caída de los comercios físicos.