En días recientes, la AFIP divulgó los pormenores del programa de reembolso del IVA, especificando los requisitos, condiciones y destinatarios. También habilitó un portal en su sitio web para que los contribuyentes puedan verificar si están dentro de esta iniciativa. No obstante, numerosas personas han descubierto que no califican para el reembolso del IVA, y esto puede ser atribuible a diversas situaciones.
Por qué no estoy incluido en la devolución de IVA
Por lo tanto, es apropiado revisar minuciosamente todos los criterios esenciales para poder ser beneficiario y, de este modo, identificar la causa de no estar contemplado en el reembolso del IVA.
Devolución del IVA: cómo saber si estoy habilitado
Para realizar esta verificación, es necesario visitar el portal web de la AFIP, acceder a la sección destinada a la revisión de la lista de beneficios, incluir el CUIL/CUIT y completar el código de seguridad alfanumérico. Posteriormente, una pestaña adicional determinará si la persona está o no habilitada para este programa.
Qué es "Compre sin IVA", a quiénes beneficia y desde cuándo
Quiénes son los beneficiados para la devolución del IVA
De acuerdo a esta disposición, la AFIP estableció que aquellos individuos que cumplan con alguno de los siguientes requisitos tendrán derecho a recibir un reintegro correspondiente al 21% de sus gastos efectuados con tarjeta de débito en productos que formen parte de la canasta básica. Estos conceptos, que no son mutuamente excluyentes, son los siguientes:
- Jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas nacionales.
- Asignaciones universales por hijo para protección social.
- Asignaciones por embarazo para protección social.
- Remuneración por servicios prestados en relación de dependencia, en la actividad privada o públicas.
Cómo y cuándo se reintegra el dinero de la devolución del IVA
El reembolso se realiza de manera automática y se deposita en la cuenta bancaria vinculada a la tarjeta de débito en un plazo de hasta 48 horas después de la adquisición.
Conforme a lo establecido en la resolución general 5418 emitida por la AFIP, las compras efectuadas antes de las 17:00 horas de un día se reembolsarán a las 24 horas posteriores a la realización de la transacción.
Las adquisiciones realizadas después de las 17:00 horas se reflejarán en la cuenta de la compra en un plazo de 48 horas. La devolución económica se aplicará al importe total de la factura, al menos hasta que la AFIP ajuste el sistema para hacerlo por productos específicos.
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