En el marco de la 5° Sesión Especial, los diputados aprobaron en la jornada del martes la Ley 6302 sobre la necesidad de la reforma parcial de la Constitución de Jujuy. Al respecto, los jujeños tendrán que ir a las urnas para elegir -posiblemente en diciembre- a los convencionales constituyentes. ¿Será obligatoria la votación?
Los jujeños tendrán que ir a las urnas para elegir los constituyentes
Si bien todavía no está definida la fecha de la elección de los 72 constituyentes -48 titulares y 24 suplentes-, fuentes oficiales informaron a TodoJujuy.com que podría llamarse a los jujeños a las urnas recién a mediados de diciembre.
Asimismo, el voto será obligatorio tal cual ocurre en otros mecanismos electorales donde se considera al sufragio como un derecho y una obligación ciudadana, estableciendo el deber de concurrir a los centros de votación.
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La veda electoral regirá desde hoy y hasta el domingo a las 21.
¿Cómo será la elección de los convencionales?
Para la elección de los convencionales, se presentarán listas de diferentes partidos políticos de Jujuy y serán los jujeños quienes en las urnas, elijan a 48 constituyentes titulares y otros 24 suplentes.
Posteriormente, el número de votos recibidos por cada lista se contabilizarán mediante el método D'Hondt, determinando cuáles serán los referentes que trabajarán en la Reforma de la Constitución. Cabe destacar que estos constituyentes trabajarán ad honorem y tendrán las mismas funciones que un diputado.
GABRIELA BURGOS - Diputada Provincial
Proceso de la Reforma de la Constitución: cuáles son los pasos a seguir
Una vez aprobada la Ley 6302 de necesidad de reforma parcial de la Constitución de Jujuy, se seguirán los siguientes pasos:
- El Poder Ejecutivo deberá promulgar la Ley 6302 aprobada en la Legislatura y convocar a elección de los constituyentes.
- Después de los 90 días promulgada la ley, se podrán desarrollar las elecciones donde la ciudadanía tendrá que elegir a los convencionales.
- Una vez elegidos, los constituyentes contarán con 90 días para trabajar en la redacción de los temas que han sido propuestos y seleccionados según los artículos.
Es importante hacer hincapié en que los convencionales no pueden incorporar ningún tema que no esté en la ley, por eso se procede a realizar una selección de los artículos en los que ellos tendrán que trabajar. De esta forma, se pueden apartar artículos pero no tocar la ley de necesidad de reforma parcial de la Constitución ya aprobada.
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