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16 de noviembre de 2017 - 07:22

Acoso callejero: avanza en el Congreso la normativa

La Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados de la Nación emitió dictamen para el proyecto de ley que incorpora el artículo 129 BIS al Código Penal sobre prevención y sanción del acoso sexual en espacios públicos.

La normativa que avanza en el debate dentro del Congreso propone incorporar la figura y pena dentro del Código Penal y evitar una mera sanción de ley o seguir modificando otras leyes.

Tiene dos artículos, en el primero agrega el artículo 129 bis al Código Penal el que pide que sea penado con una multa de tres mil(3.000) a quince mil (15.000) pesos el que ejerciere toda acción, con connotación sexual y unilateral, llevada a cabo a través de gestos y/o en forma verbal, realizada por una o más personas hacia otra u otras personas, basadas en el género, identidad y/u orientación sexual, llevada adelante en lugares o espacios públicos, o de acceso público, que de manera directa o indirecta afecten y/o perturben su vida, dignidad, libertad, integridad física y/o psicológica y/o el libre tránsito, creando en ellas intimidación, hostilidad, degradación, humillación y/o un ambiente ofensivo en los espacios públicos.

Además ese artículo hace una salvedad, si las personas afectadas fueren menores de dieciocho años la multa será de cinco mil (5.000) a veinticinco mil (25.000) pesos. El monto de dicha multa será destinado al Instituto Nacional de las Mujeres para el fortalecimiento de políticas públicas de prevención.

En el artículo 2 hace un agregado al artículo 21 bis al Código Penal indicando que en los casos en que recayese condena por delitos previstos en el Art. 129 bis de este Código Penal, la misma incluirá la realización por parte del condenado de talleres y/o encuentros de concientización orientados a educar y concientizar a los agresores sobre el acoso sexual callejero, la violencia de género y su impacto en la sociedad, cuyo plazo de duración no podrá ser menor a los 3 meses.

Este proyecto, redactado de esta forma fue aprobado en comisión y seguirá los pasos legislativos para obtener una sanción definitiva.

¿Por qué sancionar el acoso callejero?

Una encuesta realizada por la ONG MuMaLá informa que:

De la totalidad de las mujeres encuestadas, el 100 % de los casos, señala que ha atravesado alguna situación de acoso en la vía pública, durante su vida.

Algunos datos son:

– el 70 % de las encuestadas lidia con comentarios sobre su apariencia física.

– el 84 % recibe bocinazos y/o silbidos.

– el 51 % de las encuestadas reciben comentarios sexistas.

– el 59 % debió soportar gestos vulgares.

– la totalidad de las encuestadas menciona que sufrieron el acoso en edades que van desde los 9 a los 22 años.

– el 67 % de las mujeres encuestadas toma rutas alternativas para sentirse seguras cuando planean salir de su casa.

– el 63 % de las mujeres prefiere salir acompañadas por un hombre, un grupo de personas o una mujer para sentirse más seguras al momento de transitar determinados espacios en la vía pública.

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