“Pretender un resarcimiento a las productoras de gas es absolutamente ilegal, ya tenemos el costo en dólares más alto de la región”, indicó De Bedia y subrayó que la medida es “una aberración jurídica e inconstitucional”.
Además, dijo que la resolución fue dictada por “alguien que desconoce absolutamente las leyes vigentes y los principios rectores del Derecho”.
“Conforme al artículo 880 del Código Civil, toda obligación se extingue con el pago de la misma. Otorgarle vigencia a una cuestión de estas características es ir contra el orden jurídico establecido con sus lógicas consecuencias”, puntualizó.
De igual manera, el defensor del pueblo explicó que la medida es como querer cobrarle a una persona al subir al colectivo la diferencia por el boleto del día anterior. “No tiene lógica”, dijo.
“Sería bueno preguntarse si hubiera una baja sustantiva del dólar, si las tarifas de energía y los combustibles también bajarían las tarifas”, agregó de Bedia.
Por último, aclaró que toda acción de inconstitucionalidad que se emprendiera en contra de esta medida queda en manos de las asociaciones de consumidores o de éstos en forma particular, que podrán actuar ante los juzgados federales de las provincias.
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