La ley N° 5.853, sancionada en la última sesión de la Legislatura de Jujuy, crea el Programa Tomemos Agua, basado en una tendencia mundial de promoción del consumo de agua potable por sobre bebidas artificiales. Estipula la obligatoriedad de ofrecer agua potable gratis, en envase tipo botella o jarra de material sólido no poroso, y que se renovará sin cargo a pedido del cliente o clienta, en todos los locales de expendio de comida al público.
La ley se sustenta en la tendencia mundial en salud pública que revalida el acceso al agua potable como derecho universal y refuerza la noción de que consumir agua es un aporte a la salud necesario también para la conciencia de que las bebidas artificiales son de escaso aporte a la salud y a veces perjudiciales; asimismo, tiene principios en la búsqueda de ampliar los derechos de consumidores.
Los locales comerciales de Jujuy del rubro mencionado tienen dos meses para efectuar las modificaciones necesarias para poner en práctica el programa.
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