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28 de octubre de 2025 - 11:38
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Empezó la veda de pesca en los ríos de Jujuy

La veda comenzó el 27 de octubre de 2025 y alcanza los ríos San Francisco, Lavayén y afluentes. Busca proteger la reproducción y el recambio generacional.

Maria Eugenia Burgos
Por  Maria Eugenia Burgos

La Secretaría de Biodiversidad y Desarrollo Sustentable dispuso la veda de pesca con fines deportivos y recreativos desde el 27 de octubre de 2025 (hasta nueva disposición) en los ríos San Francisco, Lavayén y sus afluentes de la provincia de Jujuy. La medida se adopta por el inicio del período reproductivo para asegurar el recambio generacional de las especies. (Datos provistos por la Resolución N.º 362/2025-SBDS).

En paralelo, el Ministerio de Ambiente recordó que la veda en cursos de San Francisco–Lavayén ya había sido aplicada en temporadas anteriores “hasta que la Autoridad de Aplicación disponga” su levantamiento, esquema que vuelve a regir este año para proteger la fauna ictícola.

La veda rige sobre todos los cursos comprendidos en esa cuenca y se suma a reglas generales del sistema provincial: la pesca en Áreas Protegidas y Reservas Naturales está totalmente prohibida; y, cuando se habilite la temporada, las aperturas o cierres se publican por resolución y en canales oficiales.

veda de pesca en rios
Prohíben pesca en áreas protegidas y el uso de redes, explosivos o sustancias nocivas. Pescar en veda puede recibir sanciones.

Prohíben pesca en áreas protegidas y el uso de redes, explosivos o sustancias nocivas. Pescar en veda puede recibir sanciones.

Prohibiciones y sanciones durante la veda de pesca en Jujuy

Durante la veda se prohíbe la pesca con fines deportivos o recreativos en los tramos alcanzados; la pesca comercial en arroyos, ríos, lagunas y represas de todo el territorio; y prácticas no selectivas o dañinas como el uso de sustancias nocivas, explosivos, redes de arrastre o intersección y trampas de cualquier material (según normativa provincial vigente). (Datos provistos por la Resolución N.º 362/2025-SBDS).

La provincia advierte que pescar en época o lugar vedado es una infracción sancionable bajo el régimen contravencional, con multas que —a modo de referencia normativa— pueden escalar desde el equivalente a 150 litros hasta 242,22 litros (unidad de multa) según la falta y agravantes.

La veda actual no alcanza a los diques (Las Maderas, La Ciénaga y Los Alisos), cuya temporada 2025/26 fue habilitada el 15 de octubre por resolución específica; la prohibición vigente se focaliza en ríos y afluentes mencionados. Antes de salir, verificá siempre la normativa actual y los anuncios oficiales.

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