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13 de mayo de 2020 - 19:08
Por decreto

Jujuy: confirman que no habrá clases ni eventos públicos hasta julio

El Gobierno de Jujuy emitió un decreto que extiende por 60 días algunas disposiciones adoptadas cuando se declaró la emergencia sanitaria en la provincia.

El Gobierno de Jujuy tomó medidas en relación a la emergencia sanitaria por coronavirus. Según detallaron en un nuevo decreto, prorrogaron por 60 días algunas determinaciones adoptadas como la prohibición de realizar actos públicos o privados y las clases presenciales en todos los niveles.

A través del Decreto Acuerdo N° 865 –S- emitido por el Ejecutivo Provincial, se prorroga por 60 días las prohibiciones y suspensiones establecidas en los artículos 3, 4 y 5 del Decreto 696 –S- que establece la Emergencia Sanitaria y Epidemiológica por COVID 19 en Jujuy.

El nuevo decreto prorroga la prohibición para:

  • Actividades y actos públicos y privados, de carácter cultural, deportivo, religioso o recreativo.
  • Actividades escolares en todos los niveles, públicos y privados.
  • Atención al público en la administración, excepto en el área de Salud que establecerá medidas pertinentes que garanticen atención de emergencias y consultorios.

En cuanto a este último ítem, hay algunas medidas que permiten la atención en administración pública.

Por otra parte, desde el Ejecutivo ratifican el resto de los artículos que contemplan:

  • Dedicación del personal de salud ante la emergencia por Covid-19.
  • Obligatoriedad de comunicar un caso sospechoso a las autoridades competentes. La violación de lo dispuesto implicará la comisión de delito contra la Salud Pública que prevé penas privativas de la libertad de hasta quince (15) años, y multas desde pesos cinco mil ($ 5.000) a pesos cien mil ($ 100.000).
  • Las resoluciones del “Comité Operativo de Emergencia COVID-19 (coronavirus)” serán de obligatorio cumplimiento.-
  • La falsa o errónea información y su divulgación, por cualquier medio, relacionada con el COVID-19 (coronavirus), síntomas, contagio, propagación y “Plan General de Previsión, Prevención y Promoción”, importará comisión de delito contra la Salud Pública.
  • Instrúyase a la Dirección de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, para vigilar y garantizar el estricto control de precios.
  • Facultades para el Ministerio de Salud para contrataciones y adquisiciones para llevar adelante la emergencia.
  • Autorización al Ministerio de Hacienda y Finanzas para la creación, modificación y transferencia de partidas presupuestarias para las erogaciones de la emergencia sanitaria.

Decreto sobre la prórroga

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