Datos en la provincia. 

Los extranjeros presos en Jujuy representan menos del 4% de la población carcelaria

La mayoría son bolivianos. Todos están en diferentes unidades penales de la provincia.

La polémica por la intención del gobierno de deportar a los extranjeros que delinquen en el país causa tantas adhesiones como rechazos. La iniciativa se originó en los desmanes que se vivieron en el Congreso días pasados durante el debate por el Presupuesto 2019 y donde tomaron parte ciudadanos de otros países. El ministro del Interior, Rogelio Frigerio, había anunciado que un juicio abreviado podrá autorizar la expulsión de esos revoltosos.

El debate comenzó y algunos diputados se sumaron a la idea de deportar a aquellos inmigrantes que cometan delitos en nuestro territorio. En ese contexto se analiza que cantidad de presos existen en nuestras cárceles y que porcentaje representan para el país.

En el caso de Jujuy el último informe del Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución de la Pena que refleja la población carcelaria hasta el 2017, marcaba que en diciembre de ese año había 862 internos en la provincia, de los cuales 27 eran extranjeros.

Ese número, según datos brindados a TodoJujuy.com por autoridades del Servicio Penitenciario, aumentó este año, pero muy poco. Hoy hay 30 extranjeros presos distribuidos en las seis unidades carcelarias de Jujuy: la Unidad Nº 1 de Gorriti; la N° 2 para jóvenes; la N° 3 para mujeres; la N° 4 para mayores; la Nº 5 de Reinserción Laboral y la Unidad Penal N° 7.

De esos 30 extranjeros detenidos, que representan menos del 4% de la población carcelaria, la mayoría son bolivianos: 24. El resto son colombianos (4); peruanos (1) y paraguayos (1). De todos ellos casi 20 tienen condenas y el resto están procesados. Los delitos más comunes que cometieron los inmigrantes son delitos contra la propiedad, abusos sexuales y robos.

Las reformas a la Ley Migratoria que se pretende impulsar permitirían expulsar a los delincuentes que no son argentinos. La ley prevé diferencias para quienes tienen residencia en el país y quienes no la tienen. Para los residentes, es decir, los extranjeros que ya se encuentran radicados en el país, la norma establece que la expulsión corresponde cuando la persona tiene una condena penal, aunque no se encuentre firme. En ese caso, la Dirección Nacional de Migraciones puede cancelar su residencia.

En el caso de migrantes que aún no tienen residencia, la ley establece que cuando un extranjero tiene un procesamiento penal el Ministerio Público Fiscal y el Poder Judicial de la Nación están obligados a dar aviso a la Dirección Nacional de Migraciones, que está bajo la órbita del Ministerio del Interior de la Nación. Con este aviso, la Dirección tiene la facultad de intimar al extranjero a regularizar su situación u ordenar su expulsión. Pero el proceso no termina ahí: la orden de expulsión dictada por Migraciones puede ser apelada ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal, que es la que tiene la decisión final sobre la permanencia del extranjero.

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