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24 de enero de 2022 - 15:55
Ledesma.

Veda de pesca: secuestraron 16 cañas y una escopeta

Los operativos se realizaron en ríos y caminos de la zona de Ledesma por infracción a la veda de pesca, establecida para garantizar el recambio de peces.

A través de un operativo en distintos ríos y caminos de la provincia, personal de los ministerios de Ambiente y de Seguridad secuestraron 16 cañas, una escopeta y otros elementos que estaban en poder de personas que violaban la veda de pesca.

El operativo estuvo a cargo del Comando de Prevención Rural y Ambiental e incluyó recorridos por los ríos Zora, Lavayén, San Francisco, La Toma, La Esperanza, Negro y La Palma y por caminos internos del departamento Ledesma. En el procedimiento los uniformados realizaron actas de infracción por pesca en época de veda y secuestraron 16 cañas, una red y cuatro peces. Además, en el mismo acto, secuestraron una escopeta de calibre 12 con dos cartuchos, por la infracción a la prohibición de caza.

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Secuestraron 16 cañas de personas que realizaban actividades de pesca ilegal en Jujuy. /Foto: Gobernación

Secuestraron 16 cañas de personas que realizaban actividades de pesca ilegal en Jujuy. /Foto: Gobernación

Prohibición de caza y veda de pesca en Jujuy

A partir del 14 de octubre de 2021 está vigente en Jujuy la veda de pesca con fines deportivos y recreativos en los cursos de los ríos San Francisco, Lavayén y sus afluentes, hasta la fecha que dispongan las autoridades de la Dirección de Protección a la Biodiversidad y Áreas Protegidas.

Esta de veda tiene como propósito proteger el período de reproducción de las especies que se consideran aptas para la práctica de pesca y así garantizar el cambio generacional de esas poblaciones de peces.

Además, en Jujuy rige la prohibición de pesca en las reservas y áreas protegidas de la provincia y de pesca con propósitos comerciales en arroyos, ríos, lagunas, represas o cualquier otro curso de agua. Finalmente, la caza está prohibida en toda la geografía provincial.

Según la legislación, toda infracción a las disposiciones de la Ley Nacional N° 5063, Ley General de Ambiente, y sus decretos reglamentarios, N° 29-A/2019 y N° 01/2019, y a la Ley Provincial de Pesca N° 3011/73, y su decreto reglamentario N° 1003-H-73, será sancionada de conformidad a las previsiones de la Ley Impositiva N° 6214/21 y la que en su reemplazo se dicte.

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