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AFIP contrala montos a tarjetas y billeteras virtuales

Hay nuevos montos que AFIP controlará a los usuarios de billeteras virtuales, tarjetas de crédito y de débito.
Por  Claudio Serra

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) subió los montos mínimos a partir de los cuales bancos y billeteras virtuales deberán informar los movimientos de sus clientes de consumos de tarjetas, plazo fijo y caja de ahorro.

La medida del organismo de control nacional, fue establecida a través de la Resolución General 5348/2023 publicada en el Boletín Oficial y firmada por el administrador del organismo, Carlos Castagneto y comenzó a regir desde esta semana.

Los nuevos máximos

Hasta abril el mínimo era de $90.000 y desde este mes, los bancos deben informar cuando el total acumulado de las acreditaciones y extracciones mensuales en las cajas de ahorro, cuentas corrientes, cuentas sueldo, especiales y de la seguridad social llegue a los $200.000.

AFIP contralará nuevos montos a tarjetas y billeteras virtuales
AFIP contralará nuevos montos a tarjetas y billeteras virtuales

AFIP contralará nuevos montos a tarjetas y billeteras virtuales

Las entidades crediticias también tienen que comunicar los movimientos cuando los saldos de las cuentas igualen o superen ese monto al último día hábil del mes y también cuando lo hagan los depósitos a plazo, según aclararon.

Las entidades financieras deben brindar información de estas operaciones a los clientes, incluso cuando se supere la suma en solo uno de ellos. También se elevaron los montos en el caso de los administradores de sistemas de procesamiento de pagos a través de plataformas de gestión electrónica o digital y están incluidos los Proveedores de Servicios de Pago (PSP), conocidos como billeteras virtuales.

Al igual que la nómina de cuentas de los clientes, tienen que informar las sumas en el caso de que los ingresos o egresos totales en el mes igualen o superen los $120.000, ya que antes era de $30.000, y deben hacerlo cuando los saldos al último día hábil igualen o superen los $200.000, ya que antes era de $90.000.

En la resolución que ya comenzó a concretarse en todo el país, se detalla que se aplica cuando el tipo de operación de ingreso o egreso, de efectivo, transferencia bancaria, en moneda extranjera o digital, de manera bancaria o virtual, iguale o supere los $400.000.

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