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21 de septiembre de 2020 - 07:05
zonas de riesgo

COVID-19: en qué ciudades seguirá el aislamiento

En Capital, Ledesma, El Carmen, Palpalá, Susques, Yavi, Rinconada y San Pedro son las localidades de Jujuy que están abarcadas en el decreto difundido hoy.

Por  María Cecilia Ibañez

El Gobierno Nacional prorrogó el distanciamiento y el aislamiento social, preventivo y obligatorio. Seguirá en AMBA, en algunos partidos de Buenos Aires y Jujuy al igual que otras provincias.

El Gobierno oficializó hoy, a través de la publicación de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), la extensión del distanciamiento y el aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el 11 de octubre, para mitigar los efectos de la pandemia de coronavirus.

De acuerdo al DNU 754, publicado en el Boletín Oficial, el aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) continuará aplicándose en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y en los partidos bonaerenses de General Pueyrredón, Bahía Blanca y Tandil.

También regirá en Jujuy en: Dr. Manuel Belgrano, Ledesma, El Carmen, Palpalá, Susques, Yavi, Rinconada y San Pedro. También en la Capital de la provincia de La Rioja.

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El ASPO se aplicará asimismo en los aglomerados de las ciudades de Bariloche y Dina Huapi y el departamento de General Roca, en la provincia de Río Negro; en los departamentos de General José de San Martín, Cerrillos, Rosario de Lerma, General Güemes, La Caldera, Orán y Capital de la provincia de Salta. También en el aglomerado de la ciudad de Río Gallegos, de Santa Cruz; en los departamentos de Capital y Banda, en Santiago del Estero, y en el departamento de Río Grande, en Tierra del Fuego.

En tanto, las medidas de distanciamiento, social, preventivo y obligatorio (DISPO), con las mismas condiciones que hasta la actualidad, regirán en el resto de los distritos del país.

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El DISPO se sigue aplicando en aquellas jurisdicciones en las que el sistema de salud cuenta “con capacidad suficiente y adecuada para dar respuesta a la demanda sanitaria”, el tiempo de duplicación de casos confirmados de COVID-19 no es inferior a 15 días y que no están definidas “por la autoridad sanitaria nacional como aquellas que poseen ‘transmisión comunitaria’ sostenida del virus SARS-CoV-2".

Los gobiernos provinciales continúan manteniendo la facultad para, en caso de detectar situaciones de riesgo de propagación del virus, disponer el aislamiento preventivo respecto de personas que ingresen a las provincias provenientes de otras jurisdicciones por un plazo máximo de 14 días.

coronavirus aislamiento síntomas

Del mismo modo, en el caso de los departamentos y partidos de hasta 500 mil habitantes las autoridades provinciales “podrán disponer nuevas excepciones al cumplimiento del ‘aislamiento social, preventivo y obligatorio’ y a la prohibición de circular con el fin de autorizar actividades industriales, de servicios, comerciales, sociales, deportivas o recreativas”.

Para eso, “deberán contar con la aprobación previa de la autoridad sanitaria provincial e implementar un protocolo de funcionamiento de la actividad respectiva, que contemple, como mínimo, el cumplimiento de todas las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional”.

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