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Devolución del IVA para compras con débito: los detalles

Se pone en marcha este lunes el nuevo programa de devolución del Impuesto al Valor Agregado( IVA) para la canasta básica.
Por  Gabriela Bernasconi

Desde este lunes 18 de septiembre, entra en vigencia el nuevo programa de devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para la canasta básica “Compre sin IVA”, que regirá para las operaciones que se realicen a través de tarjeta de débito física de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o a través de pagos con débito con códigos QR.

La iniciativa se extenderá hasta el 31 de diciembre próximo, aunque el Poder Ejecutivo elevará un proyecto de ley para reducir de forma permanente la carga tributaria que recae sobre los bienes de la canasta básica.

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Devolución del IVA para compras con débito

Devolución del IVA para compras con débito

¿Cómo funciona la devolución del IVA?

Para acceder al beneficio -que devolverá el 21% del IVA de estos productos- se deberá abonar con tarjeta de débito física de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o a través de pagos con débito con códigos QR.

Luego de la transacción, el monto será reintegrado a la cuenta bancaria asociada a dicha tarjeta en un máximo de 48 horas: dentro de las 24 horas para las compras realizadas entre las 0:00 y las 17 del mismo día, y dentro de las 48 horas para las realizadas después de las 17 horas.

Una vez realizados los reintegros, estos aparecerán en los resúmenes de cuenta de cada mes con el identificador “Reintegro programa Compre sin IVA”.

Se podrá acceder al beneficio en los comercios registrados ante la AFIP bajo 25 nomencladores de actividades económicas, incluyendo mayoristas, hipermercados, supermercados, minimercados, fiambrerías, almacenes, dietéticas, carnicerías, pescaderías, verdulerías, mercados y puestos móviles; y comercios alimenticios especializados.

Supermercados
Devolución del IVA para compras con débito

Devolución del IVA para compras con débito

Devolución del IVA: ¿Qué productos de la canasta básica se incluyen?

La Canasta Básica Alimentaria del Instituto Nacional de Estadística y Censos, que se verá afectada por la medida fiscal reciente anunciada por Sergio Massa, incluye los siguientes productos:

  • Pan
  • Galletitas de agua
  • Galletitas dulces
  • Arroz
  • Harina de trigo
  • Fideos
  • Papa
  • Batata
  • Azúcar
  • Dulces: dulce de batata, mermelada y dulce de leche
  • Legumbres secas
  • Hortalizas: acelga, cebolla, lechuga, tomate, zanahoria y zapallo
  • Frutas: manzana, mandarina, naranja, banana y pera
  • Carnes: asado, carnaza común, espinazo, paleta, carne picada, nalga, pollo y carne de pescado
  • Menudos (Hígado)
  • Fiambres: paleta cocida y salame
  • Huevos
  • Leche
  • Quesos: queso crema, queso cuartirolo y queso de rallar
  • Yogur
  • Manteca
  • Aceite
  • Bebidas no alcohólicas: gaseosas, jugos concentrados y soda
  • Bebidas alcohólicas: cerveza y vino
  • Sal fina
  • Condimentos: mayonesa y caldos concentrados
  • Vinagre
  • Café
  • Yerba
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