Así lo dispone la Decisión Administrativa 808/2012, publicada hoy en el Boletín Oficial.
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SUSCRIBITEAsí lo dispone la Decisión Administrativa 808/2012, publicada hoy en el Boletín Oficial.
Según la normativa, “los viajes y misiones al exterior se realizan con el fin de representar al Estado Nacional y es por eso que esta decisión continúa el criterio establecido mediante la Decisión Administrativa 75/2012, en la que se establece el procedimiento al que deben ajustarse los organismos y entidades para la autorización de viajes y misiones oficiales al exterior”.
Desde la Jefatura de Gabinete de Ministros destacaron que “la autorización de los viajes está sujeta a la evaluación no sólo de la pertinencia de los eventos, sino también de los informes mensuales que realizan los organismos sobre todas las misiones realizadas”.
Señalaron que “el ordenamiento de viajes de todos los agentes de la administración está guiado por los criterios fijados en la Resolución General AFIP 3356/2012 que establece el Programa de Consulta de Operaciones Cambiarias”.
En consecuencia, puntualizaron que “los funcionarios y agentes públicos que realizan comisiones fuera del país se ajustan a estos procedimientos, garantizando la igualdad de trato entre todos y todas los ciudadanos argentinos”.
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