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16 de febrero de 2023 - 08:47
País.

Procrear 2023 inscripción: cómo acceder a la casa propia

El Gobierno Nacional abrió el lunes 2 de enero las inscripciones para el Procrear 2023. Enterate cuáles son los requisitos para poder acceder a la casa propia.

Gabriela Bernasconi
Por  Gabriela Bernasconi

A principios de enero, el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, dio a conocer el lanzamiento de las inscripciones para el Procrear 2023. Cabe destacar que los beneficiarios podrán acceder a 635 viviendas de 37 Desarrollos Urbanísticos ubicados en 17 provincias del país -con la jurisdicción de Jujuy incluida-.

El objetivo de Procrear 2023 es ofrecer soluciones habitacionales en función de las necesidades de cada territorio y permitir que las familias tengan acceso a un crédito hipotecario para la compra de viviendas nuevas a tasa fija y con plazos máximos de hasta 30 años.

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Zonas que se podrán inscribir en el Procrear 2023 - Casa Propia

Zonas que se podrán inscribir en el Procrear 2023 - Casa Propia

Procrear 2023: dónde estarán las viviendas que se sortearán

En esta ocasión, las 635 unidades funcionales que serán sorteadas estarán ubicadas en: Bahía Blanca, Carmen de Patagones, Ciudad Evita, Haedo, Ituzaingó, Lincoln, Merlo, Morón, San Antonio de Areco, San Martín, San Miguel y San Nicolás (Buenos Aires); Estación Buenos Aires y Estación Sáenz (Capital Federal); Puerto Madryn (Chubut); Barrio Liceo, Cavanagh y San Francisco (Córdoba); Corrientes (Corrientes).

Así como en Paraná (Entre Ríos); Jujuy (Jujuy); Maipú, Malargüe, Mendoza y San Rafael (Mendoza); Posadas (Misiones); Zapala (Neuquén); Viedma (Río Negro); Tartagal (Salta); San Luis (San Luis); Río Gallegos (Santa Cruz); Estación Cambios, Rafaela, y Súnchales (Santa Fe); Santiago del Estero y La Banda (Santiago del Estero) y Río Grande (Tierra del Fuego).

Sorteo PROCREAR Desarrollo Urbanístico: 02/02/2023

Requisitos para anotarse en los programas Procrear

Estos son los requisitos para acceder a los beneficios del programa:

1-No haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años.

2-No tener, tanto el/la titular, como el/la cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios, al momento de iniciar el proceso de inscripción. Con excepción de los casos detallados en las Bases y Condiciones.

3-Contar con el Documento Nacional de Identidad vigente (DNI o Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica) de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite.

4-Ser argentinos/as o extranjeros/as con residencia permanente en el país.

5-Tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción.

casa propia procrear.jpg

6-Acreditar el estado civil declarado en el formulario de inscripción, excepto el estado civil soltero.

7-Presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder.

8-Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente –tanto el/la solicitante como su cónyuge o pareja conviviente– entre 1 SMVyM y 10 SMVyM. Los ingresos mínimos necesarios para acceder a una determinada vivienda podrán variar según el predio y la tipología seleccionada. De acuerdo a la información declarada en el formulario, se indicará si existen o no tipologías disponibles.

9-Demostrar, como mínimo, doce (12) meses de continuidad laboral registrada.

10-No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos doce (12) meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el BCRA o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco (5) años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra.

11-Los y las participantes, al momento de completar el formulario de inscripción, podrán incluir solo un/a cotitular. Para el caso de los y las participantes de estado civil casado/a, el/la cónyuge, será considerado cotitular automáticamente.

12-El/la titular y el/la cotitular deberán encontrarse unidos por alguno de los vínculos que se detallan a continuación, los cuales deberán encontrarse registrados;

  • Matrimonio.
  • Unión convivencial.
  • Unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el/la titular y cotitular.

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